El nuevo Código Penal se presentaría en octubre y se votará en el Congreso. El mismo tiene muchas modificaciones que incluye el tema de los femicidios, cuya figura fue incorporada al actual Código en 2012.
Detalles de esos cambios fueron publicados hoy por el diario Clarín que asegura haber accedido al anteproyecto. “Lo que allí se explica es que se creará un nuevo instituto con medidas de vigilancia y asistencia, destinadas a prevenir nuevos delitos, a las que el ya condenado deberá someterse durante un plazo máximo de diez años con posterioridad al cumplimiento de la pena impuesta”, enfatiza ese medio.
El artículo publicado aclara que las medidas que se le podrán imponer al condenado son varias: obligación de estar siempre localizable mediante dispositivos electrónicos que permitan su seguimiento permanente; obligación de presentarse periódicamente en el lugar que el órgano competente establezca; obligación de comunicar inmediatamente cada cambio de residencia o puesto de trabajo; prohibición para aproximarse a la víctima o a sus familiares; prohibición para acudir a determinados lugares; impedimento para realizar actividades que puedan ofrecerle o facilitarle la ocasión para cometer hechos delictivos de similar naturaleza de los que ya cometió; obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares; y obligación de seguir tratamiento médico o psicológico externo, o de someterse a un control médico periódico.
Además, en el anteproyecto se mantiene la imposibilidad de acceder a la libertad condicional para los reincidentes y para los condenados por delitos dolosos cometidos con violencia que hayan ocasionado para la víctima graves daños físicos o mentales o la muerte.
El anteproyecto tiene como otra de sus claves el que ya no habrá probation en casos de género. Además, incorpora dos nuevos delitos: el de ocultamiento patrimonial fraudulento para los cónyuges que oculten bienes al otro con motivo de una separación, con pena de hasta cuatro años de prisión, y la violencia obstétrica, conducta sancionada con pena alternativa de hasta dos años de prisión o multa y, en ambos casos, inhabilitación de hasta dos años.
En la violencia obstétrica quedarán englobadas prácticas invasivas tales como el tacto realizado por más de una persona, el raspaje de útero sin anestesia, las cesáreas sin justificación médica o el suministro de medicación innecesaria.
La violencia contra las mujeres —bajo sus diferentes formas— es una de las mayores preocupaciones de la sociedad. La asociación civil La Casa del Encuentro, que realiza estadísticas sobre femicidios en el país, determinó que en esta década murieron víctimas de este delito 2.679 mujeres, a un promedio de una cada 30 horas.