Es Sergio «Topo» Ramos, ex intendente de Rosario de Lerma y hoy legislador por ese departamento. Está acusado de corrupción durante su mandato municipal. No irá a juicio mientras sus colegas no hagan algo.
El ex intendente de Rosario de Lerma, Sergio «Topo» Ramos, sigue resguardado en el Senado de la Provincia, donde mantiene sus fueros como legislador y no puede ser llevado a juicio.
En las últimas horas se informó que la causa contra el actual senador queda suspendida hasta que se resuelva la situación.
FM Profesional informó que en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de Impugnación, el juez de Garantías 2 informó a la Honorable Cámara de Senadores de la provincia de Salta que la causa seguida contra Sergio Omar Ramos no podrá ser remitida a juicio, y en consecuencia suspenderse, hasta tanto se resuelva el desafuero requerido.
El día 03 de junio de 2021, mediante auto resolutivo, el Juzgado de Garantía de 2da Nominación informó a la Honorable Cámara de Senadores de la provincia de Salta de la existencia de acusación en contra del Senador Sergio Omar Ramos, conforme lo dispuesto por el art. 122 de la Constitución provincial. En fecha 11 de junio 2021 la defensa de Ramos interpone recurso de apelación en contra de dicho auto resolutivo, el cual es declarado inadmisible.
Asimismo el Juzgado, emitió auto de remisión de la causa a juicio en fecha 18 de agosto de 2021. El expediente principal, antes de efectivizarse la remisión a juicio, fue requerido por el Tribunal de Impugnación, por cuanto hizo lugar a la queja presentada por la defensa –por la apelación rechazada-.
El juez de impugnación (i) de la Sala IV del Tribunal de Impugnación, hizo lugar parcialmente a la apelación defensiva, y entendió que la presente causa no puede avanzar hasta tanto la Cámara de Senadores de la provincia de Salta decida el desafuero del senador.
En cumplimiento de dicha orden, el juzgado de garantías de segunda nominación informó a la Honorable Cámara de Senadores de la provincia de Salta, lo ordenado por el Tribunal de Alzada, esto es, que la causa no podrá ser remitida a juicio, y en consecuencia debe suspenderse, hasta tanto se resuelva el desafuero requerido.