La creación del registro fue aprobada ayer en el Concejo Deliberante. A los ex combatientes se les eximirá de abonar el valor anual de las licencias para conducir y la Municipalidad afrontará los costos del servicio fúnebre e inhumación.
El proyecto de ordenanza fue impulsado por el concejal Educardo Virgili (Juntos por el Cambio+), quien agradeció a los excombatientes que estaban en el recinto. Aseguró que se busca «ampliar algunos beneficios y honores a quienes defendieron nuestra patria» y que en muchos casos atraviesan en la actualidad una situación económica «complicada».
Para Virgili, resulta «inaceptable» la situación que sobrellevan los veteranos de guerra y en esa línea pidió al gobernador Gustavo Sáenz que solucione la problemática de la cobertura médica con el PAMI que atraviesan en la actualidad los excombatientes. En el año 2017, por ejemplo, las agrupaciones de Veteranos de Guerra de Malvinas denunciaron que estuvieron ocho meses sin cobertura médica. «Sabemos que la mayoría de ellos tiene mas de 60 años y no pueden estar mendigando por coberturas», dijo Virgili.
Podrán inscribirse en el Registro quienes estén reconocidos por el Ministerio de Defensa de la Nación Argentina, debiendo presentar un certificado actualizado expedido por esa cartera.
“Además, no deberá tener condena en el país como autor, partícipe en cualquier grado, instigador o encubridor por delitos considerados como imprescriptibles en el ordenamiento jurídico vigente, o actos de incumplimientos de sus deberes durante la Guerra de Malvinas. Tampoco deberá haber sido condenado por violencia de género y por delitos contra la integridad de las personas ni estar incluido en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia, conforme a lo establecido en la ley provincial 7.411”,aclaró la sección local del diario Página 12.
Entre los beneficios fiscales, la nueva ordenanza los exime del pago del valor anual de la licencia de conducir, beneficio que caducará si fallece el titular, o por renuncia.
“En relación al sepelio y honores oficiales, la norma establece que al momento del fallecimiento de un veterano inscripto en el Registro, la Municipalidad de Salta deberá afrontar los costos que demande el servicio fúnebre y la inhumación. Así también dispondrá de un espacio en los cementerios municipales asegurando que se rindan los honores correspondientes”, destaca el mismo medio.