viernes 26 de abril de 2024
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Legislatura | El PO quiere que se trate un impuesto a la riqueza en Salta

El proyecto de Ley de Contribución Extraordinaria busca recaudar fondos para la emergencia sanitaria.

El Partido Obrero buscará que la Cámara de Diputados debata su proyecto de Ley de Contribución Extraordinaria que alcanzaría a quienes tengan un patrimonio superior a los 100 millones de pesos al 31 de diciembre del año pasado.

Nuevo Diario informó que a raíz del cupo correspondiente a los bloques políticos, el PO insistió para que se trate hoy en Diputados el proyecto de ley.

Claudio Del Plá pidió que el proyecto sea apoyado en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; de Salud; de Obras Públicas; y de Legislación General y luego en el debate en el recinto.

Los detalles

La iniciativa se aplicaría con las personas y sucesiones indivisas cuyo patrimonio total supere el valor de $100.000.000 al 31 de diciembre de 2019. Esto en base a una tasa del 5 por ciento sobre el excedente del valor patrimonial total hasta un valor patrimonial de $600.000.000. Una tasa de 7,5 sobre el excedente del valor patrimonial total de $600.000.000 hasta un valor patrimonial de $3.000.000.000. Del 10 sobre el excedente del valor patrimonial total de $3.000.000.000 hasta un valor patrimonial de $50.000.000.000. Y del 15 sobre el excedente del valor patrimonial total de $50.000.000.000.

Se sumarán todos los bienes, incluidas las tenencias accionarias o participaciones societarias, conforme a su valor patrimonial proporcional de acuerdo al último balance cerrado antes del 31 de marzo de 2020.

Se establece además una «Contribución a las Ganancias Bancarias» aplicable por única vez a los beneficios de las entidades financieras y bancarias del sector privado. Esta surgirá de aplicar una tasa del 20 por ciento del resultado neto del ejercicio cerrado por dichas entidades en los últimos doce meses hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive.

La contribución extraordinaria tendrá alcance con las altas rentas, aplicable por única vez a los beneficios empresariales y rentas de capital que superasen los $65.000.000. Tambien incluye una contribución especial a la gran propiedad de la tierra» aplicable por única vez para todas las personas jurídicas y personas humanas o sucesiones indivisas que sean propietarias de superficies de tierra que en total superen las 5.000 hectáreas o cuyo valor catastral total sea superior a $600.000.000 al 31 de diciembre de 2019. Esta contribución surgirá de aplicar una tasa de 5 por ciento sobre el valor total de la tierra.

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