jueves 16 de mayo de 2024
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Luis Zavaleta y sus correligionarios | Entre la derrota electoral y la impericia judicial

Funcionarios judiciales pierden la paciencia con los radicales que denuncian fraude que por estas horas serán informados de lo siguiente: la cautelar presentada por Alberto Salim es prematura por saltar pasos previstos por la ley 23.298.

Ni bien se conocieron los resultados del domingo pasado, la lista que encabezaba Luis Zavaleta y perdió los comicios no ha dejado de denunciar fraude. Muchas de las objeciones realizadas ya tomaron estado público y a ellas le siguió una presentación judicial que también se mediatizó. No obstante ello, la misma saca canas verdes a los funcionarios del Tribunal Federal 1 de Salta y de la Secretaria Electoral.

La consulta a los mismos surgió en la tarde de hoy cuando ya diversos medios dieron cobertura a la cautelar presentada por el profesor Alberto Salim en su condición de apoderado de la lista Evolución Radical. Según lo mostró El Tribuno en una larga nota en su sitio web; Salim recusó a todos los miembros de la Junta Electoral por considerar que sus desempeños carecieron de imparcialidad, falsificaron documentación y emitió resoluciones proscriptivas; con lo cual pidió a la Justicia que obligue  a la Junta Electoral a suspender el proceso del escrutinio definitivo y a que se abstenga de realizar proclamación alguna de la lista ganadora con Mario Mimessi a la cabeza.

Semejante pedido deslizó a este medio a consultar a fuentes importantes del Juzgado que conduce el juez Federal Leonardo Bavio y el secretario Electoral Fernando Montaldi. CUARTO no pudo dar con ellos aunque funcionarios del juzgado no tuvieron problemas en explicar la situación, aunque manteniendo en reserva sus identidades.

Ellos aseguran que la presentación de Evolución Radical va ser rechazada por apresurada. “En estos casos lo que rige es la ley 23.298 y más específicamente el artículo 32. Allí se especifica todo lo relacionado a cuándo debe intervenir la justicia electoral en lo referido a las decisiones que adopten las juntas electorales desde la fecha de convocatoria hasta el escrutinio definitivo. Pero eso no es todo. Para que la Justicia electoral intervenga la Junta Electoral debe ser recusada y son los miembros de la junta quienes resuelven su recusación. Como suele pasar en estos casos, ellos suelen rechazar el pedido y ello no impide que puedan pronunciarse sobre el resultado definitivo de los comicios. Sólo ahí la lista Evolución Radical tiene 48 horas para apelar pero no ahora. En el caso de que apelen, ahí sí la junta no puede proclamar autoridades hasta que se resuelva la situación. Pero esos plazos no se han cumplido por eso el tribunal va a responder que todavía no puede intervenir y que por lo tanto la cautelar es prematura”, enfatizaron.

Consultadas las mismas fuentes sobre porqué algo tan sencillo no es conocido por quienes a priori son expertos en desmenuzar las leyes electorales, el agobiado profesional se mostró desconcertado: “No sé. Antes de las elecciones le dieron plazo para que puedan presentar todo lo que habían presentado mal. Y ahora esto que no significa que no se pueda dar curso a una investigación, sino que está mal planteado. Antes parecía que habían perdido el equilibrio por las presión de tener que presentar todo rápido; ahora es como que fue el golpe de la derrota lo que les hizo perder el equilibrio”, reflexionó.

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