Se revocó el fallo de la jueza Servini de Cubria tras la polémica que se desató en la confección de boletas de algunos partidos de cara a los comicios electorales.
El debate en torno a si las y los candidatos podían llevar los pañuelos insignias de sus adhesiones a favor o en contra del aborto legal, seguro y gratuito, se originó a principios del mes de julio.
Entonces de un lado aseguraban que no se podía llevar el pañuelo verde y del otro arremetían con que no tenían que poner un feto en la boleta a modo de adorno. De un lado estaba el Partido Demócrata Cristiano y del otro el Movimiento al Socialismo (MAS) y el Frente de Izquierda.
El caso llegó a la justicia. Ahí la jueza con competencia electoral, María Servini de Cubria, intentó prohibir cualquier “simbología que exprese alguna de las posturas antagónicas” sobre el debate del aborto.
Según indica Infobae, los jueces de la Cámara Nacional Electoral no hicieron consideraciones sobre si las boletas pueden ser plataformas de ideas políticas con sus imágenes, sino que se limitaron a analizar si el Código Nacional Electoral permite o no las objeciones que se hicieron. ´
En la justicia llegaron a la conclusión de que el feto no puede estar en la boleta. Pero sobre los pañuelos no halló ningún postulado que los prohibiera en la misma ley. Por ende la Cámara Nacional Electoral habilitó a los partidos políticos a que lleven en las boletas las imágenes de los pañuelos verdes o celestes para las próximas elecciones.
La decisión de la Cámara Electoral tiene efecto en todo el país, a diferencia de la decisión de la jueza Servini de Cubría, que regía solo para la ciudad de Buenos Aires.