jueves 16 de mayo de 2024
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Juez salteño propone regular el abastecimiento | La gran incoherencia: el coqueo es legal pero el ingreso de coca al país es ilegal

El juez federal Julio Bavio propuso que el Estado establezca aranceles para el ingreso del producto que es de origen extranjero. Fue el pasado 11 de agosto en una charla con magistrados de todo el país sobre el trabajo de los jueces de frontera.

Coquear en Argentina es legal, la venta del producto en provincias como Salta o Jujuy se realiza abiertamente, pero el ingreso de las hojas de coca desde Bolivia se reprime. De esta cuestión habló el juez federal de Garantías N° 1 de Salta, Julio Bavio, el pasado 11 de agosto en una charla con magistrados de todo el país sobre el trabajo de los jueces de frontera. Y de esa charla la sección local del diario Página 12 publicó un informe para dar cuenta que el magistrado planteó que «para avanzar en una solución» de esta contradicción «el análisis sobre la hoja de coca debe hacerse desde la cosmovisión de los pueblos originarios». También señaló que el hecho de que el ingreso del vegetal sea ilegal, aumentó su valor y que la persecución provoca «un enorme desgaste jurisdiccional».

El magistrado reseñó que en Salta «hay una oferta, hay una demanda sobre todo enorme de hojas de coca», un intercambio que «mueve fortunas». «Sin embargo, hay una incoherencia grave y serias contradicciones sobre el tratamiento de las hojas de coca, porque todo ingreso hoy es ilícito» y «se lo reprime como contrabando, o encubrimiento de contrabando, o en su caso, si no supera el límite de infracción, es infracción aduanera».

Que sea legal coquear, y sea una práctica tan extendida en esta región, pero que sea ilícito su ingreso del extranjero, provoca «situaciones muy paradojales», añadió el juez. «Por ejemplo, el propio gendarme que está en la frontera está coqueando, para prevenir el mal de altura, sin embargo, ve pasar una camioneta que lleva hojas de coca y la persigue, él está coqueando, y seguramente la persigue coqueando».

Señaló también como «otra cosa muy llamativa» es que se persigue al transportista, «pero una vez que llega al local comercial, ya no se reprime más, mágicamente», cuando si se actuara «con coherencia (el dueño dueña del local) tendría que ser también fruto de una infracción aduanera por tenencia injustificada de mercadería extranjera para la venta, y esto no ocurre».

El juez recordó que el decreto 648 de la última dictadura militar fue la que «consideró [en 1978] lisa y llanamente que la hoja de coca era un vicio» y «suprimió el ingreso de toda hoja de coca al país». Las consecuencias de este decreto fueron paliándose de a poco por fallos judiciales, hasta un fallo que declaró que la hoja de coca no es un estupefaciente. Bavio destacó que «nunca se dictó un decreto administrativo para regular, las Aduanas no regularon el ingreso, no existen aranceles y por ese motivo» se la consideró «mercadería de importación sujeta a una prohibición absoluta». El fallo de la Cámara salteña sostuvo que no podía ser considerada mercadería de importación prohibida por no afectar a la salud.

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