lunes 10 de junio de 2024
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Caso Rangeón | Rechazaron la domiciliaria al productor de modas acusado de abuso sexual

Sobre Pablo Rangeón pesan varias imputaciones. Distintas mujeres lo denunciaron por cometer acoso y abuso. Todas trabajaron con él en su agencia de modas.

Rangeón permanecía detenido desde marzo pasado hasta hace un par de semanas atrás, cuando la justicia le otorgó el arresto domiciliario. Luego hubo una apelación planteada por el Fiscal Penal 2 de la UDIS, Rodrigo González Miralpeix contra la resolución que le había concedido el beneficio al imputado invocando el artículo 388 del Código Procesal Penal.

Hoy se supo que el juez de la Sala I del Tribunal de Impugnación, Luciano Martini, hizo lugar a un recurso de apelación y ordenó la inmediata detención de Pablo Marcelo Rangeón. El juez recordó que la prisión preventiva le fue impuesta originalmente a la luz de la primera imputación.

Martini señaló que esa primera denuncia se le agregaron otras seis, todas de mujeres que formaban parte de la empresa de Rangeón. Ellas relataron circunstancias similares a la primera denuncia “y que, en definitiva, ponen en conocimiento de la autoridad, que han sufrido ataques a su integridad y libertad sexual, de distintas magnitudes, pero siempre en un mismo marco, de los cuales dos configurarían, progresivamente, el más grave de los tipos básicos previsto en el artículo 119 del Código Penal, mientras que los otros, también comparten el modo y la forma de perpetración”.

“Los hechos fueron acompañados de evidentes estereotipos patriarcales, en las conductas del imputado, y fueron ejecutados en cada uno de los casos, valiéndose, no de una, sino de varias circunstancias que lo colocaban en situación de preeminencia y asimétrica de poder en relación a cada una de las víctimas”, apuntó el juez señalando que Rangeón no sólo aprovechó su calidad de promotor y dueño de la empresa en la que aprendían las víctimas, “sino que, además, abusó de otras situaciones de vulnerabilidad atinentes, tanto al deseo de progresar, como a la situación económica que ellas atravesaban”.

Además, Martini marcó la gravedad de los hechos y advirtió que las conductas de Rangeón “resultan adecuadas a siete delitos cometidos de manera independiente entre sí, a saber: abuso sexual simple (dos hechos) abuso sexual simple agravado por minoría de edad de la víctima (un hecho), abuso sexual con acceso carnal (tres hechos), uno cometido de manera permanente o sin solución de continuidad, y estafa (artículos. 119, 1° párrafo, 3° párrafo y último párrafo; 172 y 55 del Código Penal)».

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