miércoles 9 de octubre de 2024
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Decreto 255 | Los abogados de todo el país alertan sobre los abusos policiales en Salta

En una resolución oficial, la Federación Argentina de Colegios de Abogados solicitó la inconstitucionalidad de la medida.

La FACA (Federación Argentina de Colegios de Abogados) solicitó mediante una resolución que se declare la inconstitucionalidad de la Ley 8191, conocida también como Decreto 255, que da vía libre a la Policía salteña para detener y juzgar a quienes no cumplan con las medidas de cuarentena.

La resolución acompaña la presentación que ya había realizado el Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia. Consideró que la ley permitió a la Policía cometer actos de abuso y violencia institucional.

Para la FACA la Ley 8191 «crea un régimen excepcional sancionatorio» que es «contrario al principio de no discriminación e igualdad ante la ley». Consideró que desde la sanción de la norma, «generada mediante un decreto de necesidad de urgencia y luego convalidada por la Legislatura sin debate parlamentario alguno, se han generado inconductas contrarias a los derechos humanos, desplegadas por parte de la autoridad de aplicación (Policía de la Provincia de Salta) lo que ha habilitado a generar violencia institucional de magnitud».

Señaló que la ley generó que la Policía salteña viole tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal sobre Derechos Humanos, o la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre.

«No puede continuar habilitándose a la Policía a sancionar conductas transgresoras de órdenes de la autoridad y normas de bioseguridad de la Administración Pública; ya que los derechos humanos jamás fueron concebidos como supresión de otros derechos, y mal puede interpretarse que la seguridad jurídica, la legalidad y el Estado de Derecho, deben ceder y subordinarse ante la emergencia sanitaria en pos de preservar la salud pública», aseguró la resolución.

«Si bien entendemos que las autoridades deben desarrollar medidas efectivas para prevenir los efectos de la crisis sanitaria acaecida, sus regulaciones de ninguna manera deben afectar las garantías constitucionales de los ciudadanos ni la vigencia plena de los derechos humanos; por lo que se encuentran obligados a buscar y generar condiciones adecuadas que garanticen el Estado de Derecho y la tutela judicial efectiva», agrega.

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