Martín Yañez es antropólogo y técnico de la Defensoría General de la provincia. Fue uno de los primeros en conceptualizar la práctica del “chineo” como una práctica criolla que deshumaniza a los originarios y somete sexualmente a las mujeres.
La palabra se volvió una habilitualidad del lenguaje a la hora de señalar las violaciones grupales de criollo a niñas y mujeres originarias del norte salteño. Una búsqueda rápida por Google nos acerca a docenas de artículos periodísticos. La mayoría de ellos poseen una característica común: ubican el uso del término en un conversatorio organizado por el INADI-Salta en agosto del año 2020 en el que participó Martín Yañez, antropólogo que trabaja en el gabinete de consultores técnicos de la Defensa Pública. El profesional dialogó hoy con el programa CUARTO OSCURO que se emite por la señal de FM La Cuerda (104.5).
“La verdad es que comencé a problematizar al concepto a partir de mi intervención como perito de la defensa en el caso ´Juana´, la niña wichí de Alto la Sierra violada en grupo en noviembre del año 2015. Primero se presentó como un caso de ´abuso en banda´, pero a partir de allí trate de darle una vuelta de tuerca porque sostenía que había algo más que un ´abuso en banda´ al estar atravesado por cuestiones vinculados al racismo y conflictos interétnicos. La palabra ´chineo´ es una voz nativa que usan los criollos para definir una práctica que no estaba conceptualizada como acto racista de origen colonial. Eso es lo que empiezo a enfatizar en ese entonces. De mis charlas con Octorina Zamora en aquel conversatorio del INADI, los originarios renegaban del término por ser propia del conquistador”, remarcó.
Yañez, no obstante, también se refirió a cómo era empleada la palabra en la carrera de Antropología de la UNSa durante sus años de estudiante. “Cuando alguna vez analizamos el fenómeno en la facultad, se partía desde una concepción que podríamos denominar ´relativismo ingenuo´. Se la tomaba como una práctica de iniciación sexual de los jóvenes criollos. En ese entonces también problematizaba esa noción en tanto como antropólogos aplicábamos el método genealógico para ver cuál es la génesis de una práctica. Ahí uno identificaba un conflicto interétnico en donde lo que se jugaba era la dominación de un pueblo – el criollo – por sobre otro que son los originarios. El primero incorpora esa práctica que era del conquistador español tomando el cuerpo del ´otro´ al que considera de menor valor. Eso es el racismo que se juega en el cuerpo de las mujeres y de las niñas. Ese ejercicio permite entonces convertir una voz nativa criollo en un concepto que deja ver un rasgo de la dominación. Por eso generaba tal conflicto en las comunidades porque los wichi lo tomaban como una gran ofensa por el hecho aberrante en sí de abusar de una niña, pero también como una vulneración a toda la comunidad que se siente negada en su condición de humanidad. A ello se sumaba una situación de impunidad total. Hay que recordar que el caso ´Juana´ fue el primero que terminó con una condena. Y fue mérito de la defensa probar que ese había sido un crimen de odio y racismo”, sentenció.
Puesto a opinar si esos elementos pueden resultar un agravante en materia penal a la hora de condenar el chineo, el antropólogo dijo que “eso se empezó a plantear a partir del conversatorio del INADI. Ello requeriría una reforma del Código Penal tal como se hizo con el tema del femicidio y su relación con la violencia del género. Yo sí creo que debe considerarse el agravante por lo que ya dije: se lesiona la condición de humanidad de las etnias que sufren este tipo de prácticas” destacó el profesional que tuvo unas palabras para la propia disciplina antropológica: “debe servir para echar luz allí donde hay una práctica naturalizada, dilucidar qué es lo que está pasando en este tipo de cuestiones que se presentan como ´abuso en banda´ pero encierran factores que son propias de relaciones interétnicas atravesadas por el racismo”, remarcó.