La situación sanitaria es muy delicada en el ingenio con negro historial de trato a sus trabajadores. La empresa reconoce cuatro muertos por COVID 19, pero el sindicato denuncia ocho. Hubo huelga.
Según el parte oficial de la empresa que colaboró con la dictadura para desaparecer obreros, hasta el viernes 31 de julio se registraban 128 casos de COVID 19 sobre un total de 6000 trabajadores. A ello se sumaba, según la propia empresa, cuatro trabajadores fallecidos por COVID 19.
Desde el sindicato dicen otra cosa: los trabajadores muertos son ocho y que cuentan con la documentación que certifica cómo los trabajadores buscaron infructuosamente acordar protocolos de seguridad con la empresa. Esa fue la versión que el secretario general SOEAIL, Rafael Vargas, compartió con la sección local del diario Página 12.
“Vargas también enseñó la carta documento enviada a la ART Provincia con el fin de que reconozca a la Covid-19 como enfermedad profesional y contenga a los trabajadores y realice las necesarias prestaciones. La última presentación es una denuncia penal ante la Justicia Federal jujeña el 27 de julio pasado. Pero la falta de respuestas y el fallecimiento de los trabajadores durante el fin de semana llevó al Sindicato a convocar a un paro de 24 horas que se cumplió este martes exigiendo respuestas urgentes ante la situación”, resaltó el medio citado.
El sindicato pide que se baje la circulación de trabajadores. Los empleados del Ingenio Ledesma son 7 mil entre los distintos sectores. “Ellos aducen que pararon dos trapiches, la empresa tiene tres. El que no conoce puede pensar que es mucho. Pero quedó trabajando el más grande”, explicó Vargas. Agregó que la patronal muestra como un gran esfuerzo haber parado con ello el 30% de la producción. “Pero el tema es que a la gente que trabajaba en los trapiches las sacan de ahí y la ponen en otro lugar”, sostuvo el sindicalista.
El SOEAIL denunció ante la Justicia Federal jujeña a los directivos y responsables de Medicina Laboral de Ledesma por violación de los artículos 202 y 203 del Código Penal. El primero indica que será “reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”. El segundo establece que “cuando alguno de los hechos previstos en los artículos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de pesos cinco mil ($ 5.000) a pesos cien mil ($ 100.000); si tuviere como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de seis (6) meses a cinco (5) años”.
En la denuncia señalaron que se incumplió con la disposición nacional de bajar al 50% el número de empleados para favorecer el distanciamiento, que hubo trabajadores con síntomas compatibles con la Covid-19 a los que se intimaron para que sigan trabajando, grupos de riesgo que no fueron exceptuados de trabajar y falta de elementos de bioseguridad y de limpieza suficiente, más en una provincia donde ya hay circulación viral.