jueves 6 de junio de 2024
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Salta

Las producciones audiovisuales salteñas no pagarán el impuesto a los Ingresos Brutos

El Senado de la Provincia aprobó la modificación al Código Fiscal. Sólo falta que el Ejecutivo la promulgue.

La noticia que difunde la Secretaría de Cultura de la Provincia de Salta mediante su órgano de prensa aduce que el Senado aprobó un beneficio impositivo a los realizadores audiovisuales locales. «La Ley continuará su camino dentro del Poder Ejecutivo, para su promulgación», aseguran.

Se trata de la exención del impuesto a los Ingresos Brutos. Algo que ya tenía lugar en otras ramas artísticas, y desde hace unos meses miembros de la Asociación de Realizadores Audiovisuales de Salta (ARAS) mantuvieron reuniones para empujar a que la medida se hiciera extensiva a su rubro.

Se modifica el inciso G del artículo 174 del Código Fiscal, el cual quedará redactado de la siguiente forma: “Los ingresos provenientes de la producción, representación, composición e interpretación de espectáculos teatrales, musicales y artístico-culturales, efectuados en el ámbito de la provincia de Salta, presentados en salas teatrales oficiales e independientes, estadios y similares. Incluye la industria y producción de filmes y videocintas”.

Además, se establece que “La exención también comprende a los ingresos de las salas teatrales oficiales e independientes en el ámbito de la provincia de Salta, inscriptas en un registro especial que se creará a tal efecto”.

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