Hoy se publicó el DNU que divide al país entre los “aislados” y los “distanciados”. Entre estos últimos se ubican 58 de los 60 municipios salteños.
Un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia estableció este lunes la extensión de la cuarentena nacional hasta el día 28 de junio, aunque dividiendo al país en dos: «El 80,7% de los departamentos del país, donde vive el 40,8% de la población, no registra casos de Covid-19 en los últimos catorce días; mientras que solo el 9,2% de los departamentos, donde reside el 42,6% de la población, tiene transmisión comunitaria», dice el decreto.
En las zonas donde regirá el distanciamiento social, el decreto establece que “las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de 2 metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacionales”.
Por otra parte, allí “solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50% de su capacidad”.
Los gobernadores podrán reglamentar los horarios y los requisitos de actividades. En estos distritos, dice el decreto, “solo podrán realizarse actividades deportivas, artísticas y sociales” si se siguen los requisitos anteriores y cuando concurrencia no sea superior a 10 personas. “Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, etcétera) a una persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable; para ello se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados”, establece el DNU.
El decreto (ver adjunto más abajo) dicta además que, en las zonas de distanciamiento social, las clases seguirán suspendidas y seguirán prohibidos los eventos sociales “en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a 10 personas”. Además, los eventos deportivos donde participen más de 10, los cines, teatros, clubes, centros culturales y el transporte público interurbano, interjurisdiccional e internacional seguirán prohibidos.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/230245/20200608