El presidente remitió al Congreso la “Ley Omnibus” que tiene el pomposo título de «Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos». Allí pide a los legisladores lo faculten a ser dictador por dos años y con chances de otros dos.
El mesianismo que parece atravesar al nuevo presidente queda plasmado en la introducción del proyecto en donde asegura que con “el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley y manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación», argumenta el texto.
Con semejante cruzada que el libertario cree que debe emprender, sin sonrojarse pide en el texto que se «haga efectiva la delegación legislativa prevista en el artículo 76 de la Constitución Nacional, declarando la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025». Esto implicaría que se deleguen facultades legislativas al Poder Ejecutivo en todos esos ámbitos. «Las normas que se dicten en el ejercicio de esta delegación serán permanentes, excepto cuando la naturaleza de la medida determine su carácter transitorio y así se lo disponga en forma expresa». Aclara además que la declaración de la emergencia «podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de DOS (2) años».
A continuación, el texto anuncia que la pretensión es la privatización de aquellas empresas y sociedades «de propiedad total o mayoritaria estatal» entre las que se encuentran: Aerolíneas Argentinas; YPF; Banco Nación; Casa de Moneda Correo Argentino; ARSAT; AySA; Fabricaciones Militares; Ferrocarriles Argentinos; Télam y Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), entre otras.
Eso no es todo. La «ley ómnibus» también pretende poder saltearse el Congreso al momento de tomar deuda de organismos del exterior. En el artículo 107 propone derogar el artículo 1° de la ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de deuda pública, que establece que «toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras» que supere el porcentaje determinado en la ley de Presupuesto «requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente».
Como ya viene mostrando en los hechos, semejantes pretensiones siempre acarrean conflictividad social y por ello el proyecto también propone penar con dos a cuatro años de cárcel a quienes con un arma interrumpan el servicio de transporte público; con dos a cinco años a «quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado» estén o no en el lugar y con tres a seis años a quienes amenacen a una persona con sacarle la «asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole» para que asistan a una protesta.