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Archivos desclasificados | Cuando ser comunista era un delito en Argentina

El Boletín Oficial publicó decretos de 1972-1973 correspondientes a la dictadura de Alejandro Lanusse. La mayoría se relaciona con la Comisión Asesora para la Calificación Ideológica Extremista, órgano encargado de identificar a comunistas.

En la mayoría de los 21 archivos publicados en el Boletín Oficial, se muestra cómo eran rechazadas las presentaciones de ciudadanos en contra de la CACIE y de las resoluciones que los calificaban como «comunistas». Los archivos desclasificados que llevan la firma de Lanusse, se refieren a los rechazos de los recursos interpuestos por: Dardos Luis Melgan, Elbio Oscar Mattei, Francisco Ramón Parejas, Víctor Castrillón, Dora Nelly Dellatorre, Carlos Primo Vola, Olga Esther Barreiro de Pigatto, Margarita Wasertreguer de Hick, Mauricio Knobel, Manuel Loewy, José Pascual García, Oscar Armando Scanio, Carlos Castro, Reynaldo Garrido, Francisco Ibarrola, Fernando Washinghton Salinas, Luis Piñeyro y Rubén José Vizzo.

El sitio Infobae recordó que la Comisión Asesora para la Calificación Ideológica Extremista, había sido creada en 1967 por el dictador Juan Carlos Onganía, a través de la Ley 17.401, que prohibía el comunismo en la Argentina. Allí se redactó que «Serán calificadas como comunistas, con las consecuencias establecidas en los artículos 6° y 9° de la presente, las personas físicas o de existencia ideal que realicen actividades comprobadas de indudable motivación ideológica comunista. Podrán tenerse en cuenta actividades anteriores a la presente ley», afirmaba el artículo 1 de la norma. En ese orden, determinaba que sería la Secretaría de Informaciones del Estado la que efectuaría la calificación de «comunismo» en un «trámite secreto», a la vez que establecía que se podría interponer un recurso ante el Poder Ejecutivo y, agotada esa instancia, ante la Cámara Federal del lugar.

La calificación de «comunista» causaba inhabilidades para obtener carta de ciudadanía; desempeñar cargos, funciones o empleos del Estado, en jurisdicción nacional, provincial y municipal o en los organismos o entidades autárquicas autónomas o descentralizadas; ejercer la docencia en establecimientos públicos y privados; ser beneficiario de becas, o subsidios que directa o indirectamente provengan del Estado en jurisdicción nacional, provincial y municipal. Asimismo impedía obtener licencia o instalar equipo como radioaficionado o instalar, adquirir, dirigir o administrar emisoras de radio y televisión; instalar, adquirir o administrar establecimientos para la producción y fabricación de explosivos y armas de fuego; instalar, adquirir, dirigir o administrar imprentas y editoriales; adquirir propiedades en las zonas de seguridad de la Nación y desempeñar representaciones o cargos directivos en Asociaciones Profesionales de empleadores o trabajadores.

Además se determinaba que «queda prohibido el ingreso al país de los extranjeros que, por sus antecedentes, sean reputados comunistas» y ordenaba que «a tal efecto, la Dirección Nacional de Migraciones, con intervención de la Secretaría de Informaciones de Estado, será el organismo fiscalizador».

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