Caso Jimena Salas | El Ministerio Público Fiscal salteño impugnará la sentencia que anuló la condena contra Javier Saavedra

El organismo informó que se reserva también la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La impugnación busca que los tribunales revisen el alcance de los fallos cuando la acción penal se extingue por fallecimiento de un acusado.

El Ministerio Público Fiscal de Salta presentará un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte de Justicia contra la resolución del Tribunal de Impugnación que anuló la condena a Javier Saavedra, quien murió antes del inicio del juicio oral. La decisión cuestiona la interpretación legal que impidió mantener la condena después de que la prueba acreditara su participación activa en el femicidio de Jimena Beatriz Salas.

El Tribunal de Impugnación reconoció, según publicó Nuevo Diario, que la prueba producida en el debate oral acreditó «la activa participación de Javier Saavedra en el accionar delictivo que terminara con la muerte de quien en vida se llamara Jimena Salas», junto con al menos otra persona no identificada. Sin embargo, anuló la condena al interpretar que no era jurídicamente posible mantener un pronunciamiento condenatorio respecto de una persona fallecida.

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Para el Ministerio Público Fiscal, esta decisión confunde dos conceptos: la imposibilidad de ejercer potestad punitiva sobre un fallecido y la obligación estatal de reconstruir los hechos acreditados mediante prueba producida legítimamente en un juicio oral, público y contradictorio. Considera que reflejar en la sentencia los hechos demostrados no implica condenar al difunto.

El organismo destaca que el ADN hallado en la escena del crimen pertenece a Saavedra, confirmado por peritos de la defensa y del Cuerpo de Investigaciones Fiscales. Esta evidencia fue presentada durante el extenso juicio oral y permitió establecer su intervención delictiva.

El Ministerio Público Fiscal sostiene que la sentencia viola derechos fundamentales de las víctimas, en particular menores de edad. Argumenta que «el Estado tiene la obligación de que las víctimas menores de edad puedan saber quién fue la persona que arrebató la vida a su madre» y que negar esta verdad genera una falsa apariencia de impunidad sobre un crimen de alta gravedad en la historia criminal de Salta.

Otro aspecto cuestionado es que el Tribunal de Impugnación anuló de oficio una parte de la sentencia que no fue objeto de agravio por ninguna de las partes. El recurso cuestiona si era jurídicamente procedente extender el análisis a una cuestión que no integraba el objeto de los recursos interpuestos, violando el principio de congruencia.

La investigación para identificar al segundo autor material continuará en desarrollo. El Procurador General, Pedro García Castiella, intervendrá en el proceso recursivo junto al fiscal Eduardo Sylvester, conforme a la Resolución Nº 1746 que reafirma el principio de unidad de actuación del Ministerio Público Fiscal en materia de continuidad funcional de los fiscales durante las distintas etapas procesales.

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