El máximo tribunal revocó la sentencia que había declarado inconstitucionales las restricciones de la AMT para renovar el beneficio. La resolución habilita al organismo a condicionar el acceso a la aprobación de materias.
La Corte de Justicia de Salta rechazó el amparo colectivo presentado por la asociación Usuarios y Consumidores Unidos (UCU) y dejó sin efecto la sentencia que había anulado los requisitos académicos exigidos para renovar el boleto estudiantil gratuito. El fallo revierte una decisión de primera instancia dictada en septiembre de 2025 por la jueza María Victoria Mosmann, que había cuestionado el alcance de la Resolución 13/24 de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT).
El tribunal concluyó que la AMT actuó dentro de sus atribuciones al fijar condiciones de acceso y permanencia en el beneficio, como la aprobación mínima de materias por año o las limitaciones para quienes se inscriben reiteradamente como ingresantes. Según la Corte, la potestad reglamentaria del organismo no se circunscribe a aspectos formales, sino que incluye la facultad de establecer requisitos razonables para acceder a subsidios estatales.
El máximo tribunal también redefinió la naturaleza jurídica del beneficio: sostuvo que el boleto estudiantil gratuito no constituye un derecho absoluto, sino una política pública destinada a facilitar el acceso al sistema educativo. En esa línea, señaló que «su implementación exige compatibilizar el acceso al beneficio con la correcta asignación de recursos públicos limitados, evitando desvíos o usos abusivos».
Sobre uno de los ejes del amparo original, la Corte descartó que los requisitos afecten la autonomía universitaria. Indicó que la reglamentación no interviene en la definición académica de alumno regular —competencia propia de las universidades—, sino que fija condiciones para el otorgamiento de un subsidio estatal, ámbito que corresponde al Estado regular.
Según informó El Tribuno, que tuvo acceso a la resolución, la Corte hizo lugar a los recursos de apelación de la AMT, rechazó la demanda de la UCU y dispuso que el boleto estudiantil continuará vigente como política pública, pero su acceso podrá estar sujeto a condiciones que garanticen la sustentabilidad del sistema y un «uso equitativo de sus recursos».

