sábado 27 de abril de 2024
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Productores salteños favorecidos | Oficializaron la eliminación de las retenciones para las economías regionales

La medida que había sido anunciada por el ministro de economía Sergio Massa alcanza a productos como el vino, el mosto, el arroz, el tabaco, la producción forestal y la cáscara de citrus.

El Gobierno Nacional fijó este jueves, y de forma retroactiva a partir del 1° de septiembre último, la eliminación de las retenciones para una serie de productos de las economías regionales como el maní, el arroz, la industria forestal y el vino.

El titular del Palacio de Hacienda afirmó hace dos semanas que se reducirán las retenciones a un 0% para economías regionales que tengan valor agregado industrial citando, como ejemplo, el vino, mosto, arroz, tabaco, producción forestal y cáscara de citrus.

«Todos los productos que tienen un proceso de industrialización para las exportaciones, van a tener retenciones cero a los efectos de aumentar nuestras exportaciones con valor agregado», enfatizó el ministro.

El Decreto 462/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial dice en los considerandos que se continua un proceso de reducción que comenzó en el año 2020. “Si bien durante los años 2020 y 2021 la alícuota del Derecho de Explotación se ha reducido, e incluso se fijó en un 0% para distintas mercaderías, aún quedan pendientes algunas modificaciones, ya que siguen existiendo productos de las economías regionales y otros, con agregado de valor respecto a sus procesos de elaboración, que continúan pagando este derecho”, señalan los considerandos.

La decisión apunta a «promover las ventas a mercados externos» y «mejorar el nivel de ingresos de los productores y elaboradores», además de «fortalecer el arraigo y permanencia de la población rural en cada región» y «propender a mejorar la calidad de los productos».

Entre los productos beneficiados por la eliminación de las retenciones se encuentran 348 posiciones arancelarias, entre ellas, las cascaras de cítricos, jugos y esencias cítricas; el sábalo, pescado seco, jugo de uva, vino, arroz sin cáscara parbolizado o procesado, arroz descarrillado, extracto de roble y de quebracho, tanino, papa, maní sin cascara y aceite de maní.

Los anexos del decreto aclaran que algunos productos dentro de las cadenas regionales seguirán pagando retenciones. Entre ellos, se mantendrán derechos de exportación del 3% para el arroz con cáscara parbolizado y el arroz con cáscara común, un 2% para el arroz partido; y 3% para el pellet de maní. Del mismo modo, el tabaco con rama o sin procesar pagará 5%, mientras que la leña abonará 4% y distintas maderas en bruto 3%.

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