domingo 9 de febrero de 2025
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Municipalidad de Salta | La atención al público se realizará vía online y por teléfono

No habrá atención al público en las dependencias del Gobierno de la Ciudad. Es otra de las medidas tomadas para cortar la circulación del coronavirus.

Ante la declaración de pandemia de coronavirus por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Gobierno de la Ciudad decidió que no se atenderá al público en las dependencias municipales, incluido el Centro Cívico Municipal, y que todos los trámites se realicen vía on line o por teléfono.

“La mejor forma de prevenir es cortar la circulación del coronavirus. Por eso, la Ciudad decidió poner al servicio del vecino las modalidades virtuales”, informa el parte difundido.

En este contexto, el Pago Anual de tributos fue extendido hasta el 13 de abril y, el vencimiento de los tributos, corrido. En el caso del pago de los tributos municipales inmobiliarios, del automotor y comerciales, las boletas se pueden imprimir accediendo al link: http://municipalidadsalta.gob.ar ,eligiendo el impuesto que se desea abonar y haciéndolo a través de pagomiscuentas.com y del Botón de Pago Eléctrónico de la web de la Ciudad.

Por su parte, la Subsecretaría de Movilidad Ciudadana informó que se prorroga por 60 días corridos el vencimiento de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 al 15 de abril de 2020. Por lo dispuesto por la intendenta Bettina Romero, tampoco habrá atención al público en los Centros Emisores de Licencias (CELs) de Santa Fe 545 y Paseo Salta, y se suspende el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir (LNC), hasta el 15 de abril de 2020.

El Tribunal de Faltas municipal informó que sólo atenderá casos urgentes, tales como secuestros y clausuras y que los plazos administrativos quedan suspendidos por 15 días.

Además, se recuerda que, desde el viernes 13 de marzo, se estableció: La suspensión de actividades turísticas y deportivas; Restricción de realización de congresos y eventos; Los restaurantes, confiterías, bares y establecimientos afines deberán reducir en un 50% la admisión y permanencia de público en lugares cerrados, garantizando, además, que exista una distancia mínima de un metro y medio entre las mesas instaladas tanto en los espacios cerrados como abiertos; Teatros y demás espectáculos públicos con menos de 200 personas y que respeten la distancia consignada anteriormente deberán reducir en un 50% la admisión; Los casinos, centros de compras, shoppings y demás establecimientos comerciales que funcionen en lugares cerrados deberán reducir en un 50% el ingreso y permanencia del público.

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