El Asesor de Incapaces de Embarcación tomó conocimiento de que el hombre, nacido en Alto La Sierra y que tiene síndrome de Down, no había sido anotado al nacer. También le designó una figura para que pueda acceder a distintos derechos.
Tras la intervención del Asesor José Eduardo Cortez, la Justicia ordenó el 31 de octubre de 2024 que el Registro Civil inscribiera su nacimiento con el nombre, la fecha y lugar de nacimiento acordes a la información que proporcionó la hermana mayor del hombre. “Todas las personas tienen derecho a tener un nombre que dé lugar a la identidad, la cual permite que se conozcan frente a su historia familiar. Ese nombre le permite su identificación social”, se mencionó en la sentencia.
Una vez en curso el DNI, Cortez impulsó un proceso de restricción de capacidad para resguardar los derechos de su asistido. El objetivo era que la hermana mayor se constituyera formalmente como su figura de apoyo y pudiera gestionar por él los trámites necesarios para que acceda al apoyo económico y los tratamientos de salud que corresponden. En el proceso intervino además, como defensa técnica, la Asesora de Incapaces 2 de Tartagal, Fernanda Chocobar.
La Justicia promovió la acción de restricción de capacidad, tras las evaluaciones interdisciplinarias necesarias , y estableció que la hermana será la persona autorizada para encargarse de todas las gestiones relacionadas con su vida civil. La mujer es quien está a cargo de su hermano desde el fallecimiento de sus padres. Se resolvió además que en noviembre de 2027 se debe someter el caso a una nueva evaluación.