El Juzgado Nacional del Trabajo N°3 frenó provisionalmente la aplicación del DNU 430/2025 tras una medida cautelar de ATE. La resolución permite que los empleados públicos mantengan el 27 de junio como jornada no laborable.
La jueza Moira Fullana, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N°3, ordenó la suspensión provisional del Decreto 430/2025 que suprimía el carácter no laborable del 27 de junio para los trabajadores de la Administración Pública. La medida cautelar fue solicitada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y tiene efecto hasta que se dicte una sentencia definitiva en el caso.
La decisión judicial responde a la presentación del secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, quien impugnó la constitucionalidad del decreto por suprimir derechos laborales consagrados en la Ley 26.876 de 2013, según informó Mundo Gremial. Esta normativa establece el 27 de junio como Día del Trabajador Estatal con carácter de jornada no laborable para el sector público.
La magistrada fundamentó su resolución en la urgencia del caso y la verosimilitud del derecho invocado por el sindicato. Fullana consideró que la eliminación del feriado, publicada el 26 de junio con aplicación inmediata, podría ocasionar un perjuicio de difícil reparación a los trabajadores estatales si no intervenía con la medida cautelar solicitada.
Esta decisión se enmarca en una serie de fallos que la jueza Fullana dictó contra decretos gubernamentales que afectan derechos laborales. En la última semana, la magistrada también otorgó medidas cautelares contra el DNU 340/25, conocido como «decreto antihuelga», que ampliaba la definición de servicios esenciales y limitaba el derecho de protesta de los trabajadores. Aguiar celebró la resolución judicial y confirmó que «mañana hay feriado en todo el Estado Nacional».

