La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó el amparo de la CGT contra el DNU 340/2025. El fallo confirma la suspensión de los artículos que restringen las medidas de fuerza sindical.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) confirmó la medida cautelar que suspende la aplicación de los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025, con el que el gobierno nacional pretendía modificar las condiciones para el ejercicio del derecho a huelga. La decisión ratifica el amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la norma.
El fallo lleva las firmas de la jueza Silvia Pinto Varela y el juez Héctor Guisado, quienes confirmaron la resolución de primera instancia dictada por la jueza Moira Fullana del Juzgado Nacional del Trabajo N° 3. La magistrada había otorgado la medida cautelar solicitada por la central obrera en mayo pasado.
El tribunal consideró que el decreto cuestionado vulnera garantías constitucionales relacionadas con el derecho de huelga y la libertad sindical. Los jueces sostuvieron que las modificaciones introducidas por la norma afectan derechos fundamentales de los trabajadores reconocidos tanto por la Constitución Nacional como por tratados internacionales.
La CGT había argumentado en su presentación que el DNU establecía restricciones que limitaban de manera inconstitucional el ejercicio del derecho a huelga. La central sindical consideró que las nuevas disposiciones violaban el principio de división de poderes al modificar a través de un decreto aspectos que corresponden al ámbito legislativo.
Con esta resolución, la Justicia laboral mantiene sin efecto las disposiciones más controvertidas del decreto presidencial mientras se sustancia el proceso judicial de fondo. La medida cautelar seguirá vigente hasta que se dicte sentencia definitiva en la causa que cuestiona la constitucionalidad de la norma.

