El proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputados de la vecina provincia. Los excluidos para acceder a un cargo electivo son quienes hayan sido condenados en segunda instancia en alguno de los 9 que la ley preciso.
La ley de “Ficha limpia” indica que los candidatos de Jujuy “deberán ser electores hábiles y reunir las condiciones que establece la Constitución nacional, provincial y Código Electoral provincial como los que exige también la ley orgánica de los partidos políticos”. De esta forma, “no podrán ser candidatos a cargos electivos provinciales, municipales y de comisiones municipales los condenados o las condenas por sentencia judicial en segunda instancia mientras dure la condena o su eventual revocación”.
En cuanto a los delitos por los que no podrán estar condenados, son: contra la integridad sexual; contra la administración pública; contra el orden económico y financiero; contra la integridad civil; contra las personas (algunos delitos establecidos en el Código Penal); contra el estado civil; contra la propiedad; contra la libertad; aquellos comprendidos en la ley nacional de estupefacientes (N°27727); y contra los poderes públicos y el orden constitucional. En el caso de que esto no se cumpla, el candidato “se considerará como no oficializado e impedido para participar en el acto electoral”.
Por su parte, el gobernador Gerardo Morales expresó en su perfil de Twitter: “Con la aprobación del proyecto “Ficha limpia” en Jujuy, seguimos implementando acciones concretas que mejoran la calidad democrática y que son adecuadas para impulsar la transparencia en la Argentina”, posteó.