sábado 7 de diciembre de 2024
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Elecciones 2023 | Afirmativos, blancos, nulos y otros tipos de votos para emitir

Durante las elecciones provinciales realizadas en el 2023 se incrementaron los niveles de abstención y el voto en blanco. Acá se definen cada una de las opciones a las que puede acceder el votante en las PASO del domingo 13 de agosto.

Este proceso electoral definirá a los candidatos a presiente de la nación en las elecciones que se realizarán en el mes de octubre. Los espacios que cuenten con dos o más listas de precandidatos deberán elegir por uno solo; mientras aquellos espacios que tengan una sola boleta deberán superar el 1,5% de los votos para ser parte de la contienda de octubre. En Argentina estos son los distintos tipos de voto:

Afirmativos: son los que contabilizan oficialmente en el conteo electoral y son los que se emiten mediante la boleta oficializada de una alianza para todas las categorías de cargos. Mientras sea manifiesta y clara la elección del votante, cualquier rotura mínima de la boleta será contabilizada como un sufragio válido. El voto también puede ser a distintas alianzas en distintas categorías (no en la misma). Eso es lo que se conoce coloquialmente como «cortar boleta». Si en el sobre hay varias boletas de distintas agrupaciones y no está correctamente hecho el corte, se procederá a impugnar el voto.

En Blanco: se considera válido y se emite cuando el sobre se encuentra vacío o contiene un papel sin imágenes, textos ni objetos extraños. En las próximas PASO 2023, es importante remarcar que los votos en blanco influyen en el resultado, ya que se suman al total de los votos afirmativos.

Nulos: no cuentan como voto afirmativo. Se emiten mediante boleta no oficializada, como boletas de elecciones anteriores y/o de otros distritos. También se consideran nulos si en el sobre junto con la boleta se hallan incluidos objetos extraños, o si hay boletas oficializadas de distintas agrupaciones para un mismo cargo. Las boletas que contienen inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo en casos de tachaduras, agregados o sustituciones, también se consideran nulas. A diferencia del voto en blanco, el voto nulo es inválido y no se cuenta en los resultados electorales ya que se considera que no manifiesta expresamente la decisión del elector.

Recurridos: son aquellos cuya validez o nulidad es cuestionada en el escrutinio de mesa por algún fiscal. El fiscal que recurre deberá fundamentar su pedido, asentar los motivos en un formulario especial y consignar sus datos. El formulario se adjuntará a la boleta y al sobre respectivo para ser enviado al Juzgado Federal con competencia electoral o a la Junta Electoral Nacional.

Votos de tipo especiales

Votos de Identidad Impugnada: se emiten cuando el votante no es el titular del documento cívico que presenta. Los votos de identidad impugnada serán contabilizados, pero no abiertos ni escrutados en la mesa. Se enviarán cerrados a la Justicia Nacional Electoral para que decida sobre su validez o nulidad.

Voto del Comando General Electoral: El Personal del Comando General Electoral, como presidentes de mesa, fiscales o los efectivos de seguridad destinados a cuidar los establecimientos electorales, podrán votar en el establecimiento en el que cumple funciones siempre que se encuentre inscripto en el padrón electoral en las mesas correspondientes.

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