Fue durante la sesión de ayer en la Cámara de Diputados de la Nación que dio media sanción a la Ley Olimpia. La misma incorpora la violencia en entornos digitales a la Ley 26.485 como otra forma de violencia machista.
Se trata de un proyecto impulsado por organizaciones que acompañan a mujeres que sufrieron hostigamientos, extorsiones y la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento a través de páginas webs y redes sociales.
El legislador salteño se abstuvo de votar la iniciativa. A la hora de explicar su voto, el único de esa categoría, Zapata recordó que “está entre los Derechos Humanos el derecho a una vida sin violencia». «La violencia digital es un tema relativamente nuevo, pero que tiene un crecimiento exponencial generando perjuicios y consecuencias muy negativas a quienes la sufren. Tenemos hasta víctimas fatales, personas que afectadas por la violencia digital han tomado decisiones drásticas. Las víctimas necesitan un marco normativo que las reconozca, contenga y proteja”, declaró.
«La ley de protección integral contra la violencia de género es una ley que tiene sus años, que va produciendo resultados pero no a la altura de las expectativas. Se han creado los Observatorios de Violencia contra las Mujeres, pero sin embargo la tasa de femicidios se ha incrementado. No está teniendo una aplicación concreta a través de los órganos de aplicación que lleven que las acciones desde el Estado cumplan la finalidad de la ley: proteger a las mujeres y evitar los femicidios”, dijo.
«Se ha creado el Ministerio de la Mujer y en las cuestiones que están pasando en Chaco con Cecilia lo vemos total y absolutamente ausente. Lamentablemente toda la legislación en protección de la mujer puede tener la buena intención de los legisladores, pero si el Poder Ejecutivo y los órganos de aplicación miran para otro lado o son selectivos en atender a los problemas algo está funcionando mal”, continuó.
«En materia de violencia digital podemos clasificar los distintos hechos como las fake news, sea las noticias falsas, las campañas de desprestigio, de difamación, la violación de la intimidad, la incitación al odio. Todos son mecanismos que a través de las redes sociales, de publicaciones cuyo origen es identificable, puede resultar apócrifo, buscan realizar un daño. Definitivamente se tratan de conductas antisociales que generan perjuicio hacia las personas y que vulneran muchos derechos y garantías y si no existe un marco jurídico adecuado, esa vulneración va a seguir ocurriendo», expresó.
«Las mujeres, particularmente, están afectadas pero no son los únicos afectados de la violencia digital y de todo este tipo de campaña. Es necesario que se tipifiquen como delito. Hoy uno va a un fiscal y le dice vengo a denunciar la fake news y le van a contestar no es delito. Con el procedimiento que se pretende en esta modificación a la ley van a tener un mecanismo expedito para que cesen las publicaciones o buscar un procedimiento más ágil para buscar algún tipo de reparación. Pero en la medida que no se tipifique como delito la persecución del responsable y el uso de los recursos estatales para llevar justicia y verdadera equidad, va a estar ausente», explicó.
«Otra cuestión que es necesario estudiar es el principio contenido en el artículo 16 de la Constitución, que es el principio de la igualdad ante la ley. La igualdad es un derecho en sí mismo y habilita a los sujetos a oponerse a normas o a actos discriminatorios. La existencia de la vulneración de la igualdad ante la ley es algo que restringe a la libertad de los individuos. Los ordenamientos constitutivos de los organismos internacionales están contemplados y receptado el principio de igualdad ante la ley. Igualdad ante la ley no significa una igualdad genérica, sino que eso ha ido evolucionando y la corte ha dicho que el principio de igualdad ante la ley se respeta cuando tienen el mismo tratamiento personas o individuos o ciudadanos que están ante iguales circunstancias. La violencia digital no sólo abarca a las mujeres sino también abarca a los hombres», finalizó.