domingo 8 de diciembre de 2024
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Denunciaron a Suriani por sus declaraciones contra las mujeres y el colectivo LGBTIQ: “Debe ser sancionado»

El diputado fue denunciado en la Oficina de Violencia Familiar y de Género. «Un legislador no puede ignorar las leyes», aseguraron.

Organizaciónes de mujeres, mujeres trans, lesbianas y varones trans denunciaron en la Oficina de Violencia Familiar y de Género al diputado provincial del PRO, Andrés Suriani, por las declaraciones que realizó en los últimos días.

«Las denunciantes argumentaron que desde hace tiempo y públicamente, el mencionado diputado, ejerce violencia simbólica sobre las mujeres y el colectivo LGBTIQ», asegura un comunicado difundido este martes en las redes sociales. Agrega que «la denuncia se basa en que un legislador no puede ignorar, y mucho menos atacar las leyes y tratados internacionales que protegen los derechos de niñas, mujeres y personas con diversas identidades sexuales y de género«.

«Aseverar que ‘la homofobia no existe’, que ‘el femicidio no existe, porque nadie mata a una mujer por ser mujer’, que la lucha de siglos del movimiento de mujeres en nuestro país y en el mundo por la equidad, la igualdad de derechos y más recientemente por políticas públicas inclusivas, ‘subvierten el orden establecido o el orden natural’, que las luchas feministas provienen de una ‘ideología de género que promueve la subversión cultural’ toda vez que niega la existencia del feminismo, que llame a las militantes feministas como ‘feminazis’, fueron algunas de las razones por las que Pía Ceballos, Victoria Liendro, Gabriela Mercado, Graciela Rodríguez García Anahí Bares, Gabriela Veleizán, Marta César, y apoyo de Nicolás López de Varones trans formalizaron la denuncia», agrega el texto.

«De ninguna manera, ésta y otras denuncias por las mismas razones, configuran un acto de censura como pretende hacer creer Suriani toda vez que Pacto de San José de Costa Rica, en su artículo 13, establece que ‘Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión… derecho que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole’. Y en el inciso 2 dice que ‘este derecho no podrá estar sujeto a la censura previa; sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por ley y ser necesaria para asegurar: a) el respeto a los derechos o a la reputación ,de los demás’. En el cuerpo de la presentación las denunciantes sostienen que ‘la gravedad de los dichos del diputado, por sus propios términos, como por sus efectos discriminatorios y violentos, no pueden ser minimizados. Ni por la justicia, que debe restituir y proteger a quienes como nosotras sufrimos en nuestros cuerpos, en nuestras vidas, en nuestros entornos familiares, sociales, laborales, las consecuencias de este odio legitimado. Y ello no basta con mandar al diputado a hacer algún curso, que bien le vendría y debiera hacerlo con algún sistema de evaluación. El diputado debe ser sancionado, por la función social y la responsabilidad que como representante del pueblo y como integrante de uno de los poderes del Estado tiene, de manera ineludible. Pero tampoco puede minimizar la gravedad de los dichos y sus consecuencias la Cámara de Diputados de la Provincia, quien también debe ser instada por V.S. a adoptar las medidas sancionatorias que correspondan, so pena de incurrir en supuestos de violencia institucional, en los términos de la ley 26.485’”.

 

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