lunes 29 de abril de 2024
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A Salta y Jujuy | La Corte Suprema pide informes sobre los contratos de explotación del litio

La medida obedece a un «amparo ambiental» formulado por comunidades originarias. El pedido es sobre las concesiones para la explotación de litio y borato en la cuenca Salinas Grandes-Guayatayoc que comparten ambas provincias.

El fallo está firmado por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti y en el mismo se requirió «copia de todas las actuaciones vinculadas a la exploración y/o explotación de litio y borato en las provincias de Jujuy y Salta y las empresas y/o consorcios vinculadas a las mismas y las proyecciones económicas de tal actividad».

“A los gobiernos provinciales les pidió, además, que precisen qué juzgado Administrativo de Minas o autoridad administrativa intervino en el marco de las concesiones y las actas de audiencias públicas convocadas y celebradas a tal fin», destacó el diario Ámbito en la tarde – noche de ayer

Todo obedece al amparo presentado por la Comunidad Aborigen de Santuario de Tres Pozos y otras comunidades indígenas, más la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). Tal amparo procura que «se ordene suspender todos los actos administrativos que promueven y autorizan la exploración y explotación de litio y borato en la Cuenca Salinas Grandes».

En ese contexto, pidieron que los gobiernos provinciales de Salta y Jujuy encaren «una gestión integral de la cuenca Salinas Grandes-Guayatayoc que garantice el cuidado del ambiente y que se efectúe la Evaluación de Impacto Ambiental adecuadas para el ecosistema». Cabe recordar que las provincias de Salta y Jujuy comparten la mencionada cuenca endorreica cuyos ríos y arroyos alimentan el humedal de altura llamado Salinas Grandes y la laguna de Guayatayoc. El mencionado humedal es un salar en el que se halla “el oro blanco del siglo XXI”.

La Corte reivindicó su facultad para «la adopción de las medidas conducentes que, sin menoscabar las atribuciones de otros poderes, tiendan a sostener la observancia de la Constitución Nacional». «Le corresponde al Poder Judicial de la Nación buscar los caminos que permitan garantizar la eficacia de los derechos, y evitar que estos sean vulnerados», sostuvieron los jueces.

«No debe verse en ello -advirtieron- una intromisión indebida del Poder Judicial cuando lo único que hace es tender a tutelar derechos, o suplir omisiones en la medida en que dichos derechos pueden estar lesionados».

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