El concejal Gustavo Farquharson habló sobre su proyecto de ordenanza aprobada este miércoles para crear el Sistema Municipal de Preparación Institucional ante Emergencias y Catástrofes. «El objetivo es que sea permanente la formación, capacitación y simulacros. Estamos en una zona de riesgo y no podemos esperar una tragedia para pensar lo que hay que hacer», declaró.
El concejal capitalino, Gustavo Farquharson, habló sobre su proyecto de ordenanza para establecer un Sistema Municipal de Preparación Institucional ante Emergencias y Catástrofes. Fue aprobado este miércoles por unanimidad en sesión del Concejo Deliberante, y permitirá fortalecer los conocimientos y capacidades institucionales para prevenir, prepararse y responder de manera adecuada, segura y coordinada ante situaciones de emergencia y catástrofe.
«El objetivo es que sea permanente la formación, capacitación y simulacros. Esta semana se celebra la principal festividad de la provincia, que está asociada a los terremotos. Y el Milagro nos enseñó que hay que estar preparados para una catástrofe», dijo Farquharson.
En Cuarto Oscuro, de FM La Plaza, el concejal dijo que la nueva ordenanza buscará «cuidar y preservar la vida de los que trabajan en la municipalidad, pero también a los vecinos que acuden al CCM y a otras dependencias municipales».
«Estamos en una zona de riesgo y no podemos esperar una tragedia para pensar lo que hay que hacer. No hay que ser alarmista, pero hay que estar preparado», siguió, y dijo que «el Milagro nos enseña que frente a una catástrofe hay que estar preparados».
«En Salta hay mucho personal idóneo y capacitado. La ordenanza establece cooperación con ellos. Y se invita a edificios, consorcios, clubes a que estén preparados para situaciones de este tipo. Que a nadie lo agarre sin saber que hacer. No hay que improvisar», expresó.
Detalles del proyecto
La norma establece que su aplicación será obligatoria para agentes, funcionarios y autoridades que presten servicios en los organismos alcanzados, cualquiera sea su modalidad de contratación o forma de acceso a los cargos, conforme a las competencias y alcances que establezca la reglamentación.
Asimismo, se incorporan una serie de definiciones a los fines de la aplicación de la Ordenanza, entre ellas las referidas a edificios, Equipos Internos de Emergencias, Plan de Emergencia y Evacuación, simulacros y autoridad responsable de aplicación.
En cuanto a las disposiciones generales y competencias, se establece que el Sistema se regirá por los principios de prevención, precaución, capacitación permanente, accesibilidad universal, inclusión, coordinación interinstitucional, responsabilidad institucional, mejora continua, respuesta oportuna, protección de la vida y reducción de riesgos y daños. Las acciones previstas deberán ser compatibles y complementarias con la legislación nacional, provincial y municipal vigente en materia de protección y defensa civil.
También se establece que la Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Espacios Públicos y Protección Ciudadana, conjuntamente con la Subsecretaría de Protección Ciudadana, determinándose las funciones correspondientes a ambas áreas.
Cada organismo deberá designar una autoridad responsable de implementar el Sistema en su ámbito, respetando sus competencias y autonomía funcional. La Autoridad de Aplicación coordinará las acciones y brindará asistencia técnica cuando sea requerida o acordada. La norma dispone además que cada organismo deberá contar, en sus edificios, con uno o más Equipos Internos de Emergencias, integrados por personal previamente capacitado y con funciones específicas contempladas en la Ordenanza.
En materia de capacitación, se establecen contenidos mínimos vinculados con la prevención y respuesta ante emergencias, incluyendo evacuación, incendios, primeros auxilios, RCP, uso de DEA y asistencia a personas que requieran apoyos específicos. Las capacitaciones deberán renovarse como mínimo cada dos años y actualizarse cuando se modifiquen los protocolos o la normativa aplicable. Asimismo, quienes ingresen a prestar funciones en los organismos alcanzados deberán realizar las capacitaciones previstas dentro de los 90 días corridos desde su incorporación.
Cada organismo será responsable de implementar el Sistema en sus respectivas dependencias y deberá designar un responsable institucional que actuará como enlace con la Autoridad de Aplicación y coordinará la elaboración, actualización e implementación del Plan de Emergencia y Evacuación correspondiente.
En cada edificio deberán realizarse, como mínimo, dos simulacros generales de evacuación por año, uno de ellos sin aviso previo, y elaborarse un informe de evaluación dentro de los 30 días posteriores a cada simulacro.
Además, cada edificio deberá contar, de acuerdo con sus características y la normativa vigente, con elementos y sistemas de seguridad como botiquines de primeros auxilios, extintores, luces de emergencia, señalización, planos de evacuación, puntos de encuentro, sistemas de alarma, desfibriladores externos automáticos (DEA) cuando corresponda y listados de contactos de emergencia e identificación del Equipo Interno de Emergencia.
La Ordenanza también crea un Registro Municipal Digital de Capacitaciones, Planes, Equipos Internos de Emergencias y Simulacros, de acceso público, con excepción de aquella información cuya difusión pueda comprometer la seguridad de las instalaciones o las personas. A su vez, la Autoridad de Aplicación deberá remitir al Concejo Deliberante, durante el primer trimestre de cada año, un informe sobre la implementación del Sistema correspondiente al ejercicio anterior.
Finalmente, se establece un esquema de seguimiento y regularización ante incumplimientos, la previsión de recursos presupuestarios para su implementación progresiva y la reglamentación de la Ordenanza. También se dispone un relevamiento inicial de los edificios alcanzados, la posibilidad de celebrar convenios de cooperación y una adecuación progresiva de las instalaciones y equipamiento, priorizando las situaciones de riesgo inminente.

