La jueza Moira Fullana hizo lugar al amparo de la CGT y ordenó suspender los artículos que limitaban las medidas de fuerza. El gobierno busca trasladar el caso al fuero Contencioso Administrativo.
La Justicia Nacional del Trabajo suspendió este lunes la restricción del derecho a huelga que había decretado el presidente Javier Milei mediante el DNU 340. La medida se produjo tras hacer lugar a la acción de amparo iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) días atrás.
El fallo lleva la firma de la jueza Moira Fullana, quien declaró la competencia del Fuero Laboral en el caso y admitió la vía de amparo impulsada por el equipo jurídico de la central obrera. En la parte resolutiva ordenó «suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2° y 3° del D.N.U. 340/25 con relación con la CGT y los trabajadores representados por dicha entidad gremial hasta tanto se dicte sentencia definitiva».
Los artículos suspendidos establecían restricciones significativas al derecho de huelga. El artículo 2 declaraba como servicio esencial la navegación marítima destinada al transporte comercial, mientras que el artículo 3 fijaba porcentajes de prestación normal de servicios del 75% para actividades esenciales y 50% para las de importancia trascendental durante medidas de fuerza. Estas disposiciones implicaban una limitación extrema del derecho a huelga en la práctica.
La magistrada cuestionó que el gobierno tomara esta decisión mediante decreto cuando el Congreso se encuentra en sesiones ordinarias. Señaló que esta circunstancia «impone al Estado Nacional una sólida y consistente argumentación en relación con la situación de emergencia que habilitaría la vía excepcional previo al tratamiento de la norma ante el Poder Legislativo». También afirmó encontrar «preliminarmente configurado el peligro en la demora» ya que la norma «podría conculcar el ejercicio de los derechos derivados de la libertad sindical».
Los representantes jurídicos del gobierno desplegaron una estrategia centrada en trasladar la discusión del Fuero Laboral al Contencioso Administrativo. Solicitaron la revocatoria de la resolución del 26 de mayo en la que Fullana asumió competencia y presentaron un planteo de inhibitoria en el fuero Contencioso Administrativo. Sin embargo, la jueza señaló que no existe comunicación formal desde ese juzgado que confirme la admisión de la inhibitoria denunciada.

