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Virgen del Cerro – Salta | La muerte de Gloria Graciela Armella y los pecados de María Livia

La Comisión de Familiares contra la Impunidad dedicará su marcha 406 a la peregrina que falleció un 29 de noviembre del 2015. El caso desnudó las carencias de controles y habilitaciones al santuario que es símbolo de Fe, negocios y Poder. (Daniel Avalos).

“Ayer se cumplieron tres años del accidente de mi hermana Gloria Armella. Aquel día salió a la mañana y la vi por última vez como persona. A la noche ya estaba conectada, inmóvil, inconsciente, malherida en la misma sala de los peregrinos heridos de otro accidente que hubo ese día en la Virgen del Cerro. Gloria murió a las 15 horas del día siguiente. Era un domingo”. El recuerdo compartido con CUARTO es de Sandra Carral Garcín, hermana de Gloria quien falleció el domingo 29 de noviembre de 2015, un día después de que cayera de un colectivo que la bajaba del santuario.

Desde entonces Sandra se lanzó a la búsqueda de los responsables que hasta ahora no aparecen, aunque en el camino se fue topando con las pruebas del vacío legal en que funciona un santuario que literalmente parece conformar un limbo. Si los teológicos constituyen un indeterminado lugar entre el mundo de los vivos y de los muertos donde residen las almas de quienes fallecieron antes de que Jesús los redimiera con su sacrificio; a los limbos terrenales bien los podemos definir como porciones geográficas que formando parte de un territorio que el Estado reivindica como propio, escapan al sistema legal con que ese Estado regula las actividades que allí se realizan para garantizar derechos a los ciudadanos que participan de las mismas.

Es lo que descubrió Sandra Carral Garcín tras la muerte de Gloria: el santuario de la Virgen del Cerro en el que miles de peregrinos juran experimentar una revolución espiritual que los lleva de un estado de confusión, dolencia y pecado a otro de claridad, luz y bien; escapa a las normativas terrenales que dictan los Estados. Allí el orden imperante depende de creencias celestiales de las que emanan normas específicas para un espacio geográfico bien delimitado. El nexo entre lo celestial y lo terrenal, es María Livia: la mujer que según el “Instructor del Peregrino” es el “instrumento humano elegido por Dios”. Traducido en términos antropológicos, María Livia sería algo así como el chamán que crea una comunidad entre los creyentes y el mundo sobrenatural de donde le llegan las palabras y el poder para redimir a los pecadores y liberarlos de sus males.

La eficacia religiosa terminó generando un negocio turístico e inmobiliario impresionante, pero también un repliegue del Estado en su tarea de regular lo que allí sucede y garantizar la seguridad de quienes allí concurren. Eso es lo que fue descubriendo Sandra Carral Garcín en su peregrinaje en busca de justicia. Lo denunció públicamente por primera vez en mayo del 2017: no existía organismo estatal que pueda mostrar que las múltiples obras que se realizaron en el cerro cuenten con un Estudio de Impacto Ambiental y Social, Certificados de Aptitud Ambiental, Certificados de Uso Conforme, de Habilitación o Estudios de Seguridad que las normas provinciales y municipales contemplan para eventos de ese tipo que por más religiosas que resulten, no pueden ser tratados por el Estado de manera distinta a la que emplearía cualquier emprendimiento que modifica los usos del suelo y a donde concurren una gran cantidad de personas.

Sandra Carral Garcín (izquierda) junto a su fallecida hermana Gloria Armella.

Una historia kafkiana

En su búsqueda de responsables, Sandra Carral Garcín quedó presa de un proceso laberíntico y absurdo propio de una novela de Franz Kafka. El 27 de marzo del año 2017, por ejemplo, pidió a la Secretaria de Ambiente Municipal que le informaran los requisitos que el emprendimiento debió cumplimentar para modificar el suelo y montar las peregrinaciones para constatar que nada de ello existía ente los archivos estatales. Las respuestas que recibían eran siempre las mismas y se estampó en un escrito de una economía de palabras asombrosa: la Directora General de Control Ambiental, Verónica Cavallo, rubricó una nota el 11 de abril del 2017 en la que informó: “La actividad que se lleva a cabo en el cerro de la Virgen es ‘Actividad de Turismo Convencional y Alternativo’, la cual es habilitada y regulada por el Ministerio de Cultura y Turismo de la provincia de Salta según Ley Provincial Nº 7.045”.

Carral Garcín recurrió entonces a la secretaria de Ambiente, pero las idas y vueltas terminaban siempre con un mismo razonamiento: el cerro corresponde a jurisdicción municipal y aunque por cuestiones de formalidad protocolar el gobierno de la ciudad remite los expedientes a la provincia, corresponde al primero decidir al respecto. Partió entonces a la Secretaria de Turismo de la provincia para solicitar información y mostrarles la respuesta que recibió de la Dirección de Control Ambiental del municipio. Según consta en una nota del 24 de abril de ese año, la responsable del área de Fiscalización de la secretaria de Turismo provincial, le aseguró que lo mencionado por la municipalidad era falso, que ni la fundación de María Livia ni el predio “Cerro de la Virgen” se encontraban en el Registro de Prestadores de Turismo ni existían en el organismo registro alguno de habilitación o controles.

Cuando quien escribe informó a funcionarios de las diversas contradicciones, encontró respuestas disimiles. Desde la secretaria de Ambiente municipal no descartaban remitir las actuaciones a la Procuración municipal para que se expida; funcionarios de segunda línea que se mostraban presas de un súbito horror al vacío legal; y argumentos hilvanados ad hoc que aducían lo que previamente habían escuchado de otros: la fundación de María Livia no posee fines de lucro que ameriten controles típicamente comerciales y en tanto se trataba de turismo religioso, aseguraban que querer controlar las peregrinaciones a la Virgen del Cerro resultaba tan absurdo como querer controlar la procesión del Señor y la Virgen del Milagro cada 15 de septiembre.

Fe y Milagro

El último de los argumentos difícilmente fuera y sea del agrado del máximo administrador de las creencias católicas salteñas: monseñor Mario Cargnello. No sólo porque los contactos entre la Virgen y María Livia no son aprobados por la Iglesia; sino también porque Cargnello se mostró perturbado ante la mujer que asegura ser “el instrumento elegido por la santísima Virgen María para llevar adelante los planes de Dios”. Por eso redactó una pastoral el 7 de abril de 2003 en cuyo punto 42, apartado 4, sugirió a la Comisión Arquidiocesana que estudiaba el caso solicitar a María Livia que se sometiera a estudios psicológicos de los que la vidente salió airosa, confirmando así que hablar con Dios tiene sus ventajas.

La poca Fe de Cargnello se comprende. Según María Livia Galliano de Obeid, en el año 1990 comenzó a escuchar y luego ver a la Virgen bautizada por la elegida -en septiembre de 1996- con el nombre de Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús. Los contactos sobrenaturales se extendieron con el propio Jesús a quien María Livia nombró Sacratísimo Corazón Eucarístico de Jesús. Una y otra advocación sirvieron para denominar a las dos fundaciones que regentean las peregrinaciones al cerro que se decidieron en el año 2000 cuando, en uno de los tantos contactos, la Virgen le pidió a María Livia edificar un santuario elevado y el lugar elegido fue la cima del cerro 20 de Febrero.

En ese punto conviene pasar de lo espiritual a lo material. Para ello nada mejor que pedir auxilio a una serie de artículos publicados por el periodista Héctor Alí en el año 2005 que luego fueron publicados en el libro “A veintiséis manos. Crónicas periodísticas de Salta”, mayo del 2013. El titulado “Dios te salve… María Livia” relataba cómo luego de que el monseñor Dante Bernaki derivara a María Livia al convento San Bernardo de las Hermanas Carmelitas para que potenciara el don de las apariciones, la vidente declaró que la Virgen ordenó que el administrador de los bienes del convento fuera su propio marido: el contador Carlos Obeid. Ninguna de las religiosas se opuso a semejante orden divina. Tampoco lo hizo el exitoso empresario que ya se había apresurado a inscribir el emprendimiento en el Registro de Propiedad Intelectual.

Desde entonces la fe fue de la mano de un creciente dominio sobre las cosas sin que los protagonistas cargaran con culpas seguramente porque tal como Max Weber escribiera hace un siglo, la conducta de los puritanos interpreta que la acumulación material lejos de ser un pecado es señal de predestinación divina y por lo tanto de virtud.

La cuestión inmobiliaria la confirma. Según la cédula parcelaria, la porción de 32 hectáreas del cerro donde se levanta el santuario es la fracción A23 de la matricula 143.196. Hasta el año 2003 era propiedad de la inmobiliaria Tres Cerritos S.A., entonces administrada por el agente Eduardo Noman. Fue éste quien contactó al matrimonio Obeid – Livia con el exsenador nacional Emilio Cantarero quien habría operado ante los empresarios porteños para que cedieran el terreno. Ello ocurrió en octubre de 2003 cuando Tres Cerritos S.A. realizó una donación con cargo a favor del Monasterio San Bernardo.

La cosa no quedaba allí, un mes después de que Sandra Carral Garcín denunciara su caso y que quien escribe lo publicara de manera casi similar a esta entrega, el periodista Franco Hessling encontró la prueba que faltaba: los dueños de la Inmobiliaria Tres Cerritos S.A. era la familia Lacroze, la misma que regente “Peregrinaciones Salta” que “casualmente” es la que ofrece tours desde Buenos Aires a la Virgen del Cerro. Hasta junio del 2017 al menos, la firma estaba asentada en la Capital Federal – calle Malabia 2363 del barrio Palermo – y era manejada por Florencia Lacroze, hija de María Marta Garat, la hermana de Eduardo, quien presidía Tres Cerritos SA cuando donaron las primeras 32 hectáreas al tándem Galliano-Obeid.

Este tándem, sin embargo, siguió creciendo en términos inmobiliarios. Tres años después de esa donación -22/11/2006- la cedula parcelaria muestra una nueva operación: una Transferencia de Dominio Fiduciario a nombre de las fundaciones “Yo soy la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús” y la obra “Yo soy el Sacratísimo Corazón Eucarístico Jesús”. Un detalle colorea esas operaciones: la que ofició de escribana era Lia Mera Figueroa de Urtubey, madre del actual gobernador. Ello no es todo: las mismas fundaciones adquirieron el 6 de junio del año 2013 la fracción 189 de la matricula 151.754 por 150.000 dólares. Según los mapas de mensura consultados en la Dirección General de Inmuebles representan casi 70 hectáreas ubicadas al este del santuario, aunque no queda clara la extensión de la mencionada fracción.

La Militia Livia

Concluyamos el rodeo mercantil y enfaticemos lo que ya habíamos denunciado el año pasado: la nada legal que denuncia la hermana de quien muriera peregrinando sigue siendo un hecho; el santuario se asemeja a un territorio en donde las fundaciones redactaron las reglas que allí rigen y hasta reclutó la burocracia encargada de aplicarlas entre los peregrinos que de sufrir accidentes como el que le costara la vida a una mujer, carecen luego de un parámetro normativo y terrenal que permita dilucidar las responsabilidades humanas.

Por ahora lo más cercano a un marco normativo es el llamado “Instructor del Peregrino”. Un documento de 23 páginas con 6 capítulos, 25 artículos y 21 incisos en donde se establece lo permitido y lo no permitido e incluye desde el uso que se harán de los testimonios sobre la experiencia religiosa que se experimentan allí, pasando por las normas del vestir y el ajuar de los peregrinos, hasta el respeto a las señalizaciones apostadas en el camino que serpenteando entre los cerros une la ciudad y el santuario.

Los llamados “servidores”, por su parte, son los encargados de hacer respetar ese cuerpo normativo. Entre ellos existe una férrea jerarquía que según el “Instructor” puede evidenciarse en el uniforme: los de tareas rutinarias se identifican con un pañuelo celeste sobre el hombro y una credencial; los de pañuelos blancos con bordes celestes y la credencial son servidores médicos; mientras aquellos que sólo pueden presumir de una credencial son aspirantes que para ascender a la condición de voluntarios deben adquirir una experiencia que los entrene y disponga a servir.

Los criterios de entrenamiento y ascenso no obedecen a las leyes de los hombres sino a los de la fundación que, con autoridad bíblica, sentencia que para acceder al “honor” el “servicio exige conocimientos, obediencia, docilidad, fidelidad, sinceridad, buenos propósitos”. Nada tiene para decir al respecto el Estado provincial o municipal. Todo depende ahí de lo que la mensajera del cielo y su entorno interpreten qué es lo que la Virgen y lo sobrenatural pretenden de los mortales.

Por todo ello, Sandra Carral Garcín se arrojó a un peregrinar conmovedor en busca de justicia para su hermana y de un cuerpo normativo y terrenal que imponga obligaciones a los mercaderes de la fe y garantice derechos a los peregrinos que con toda honestidad van al santuario en busca de eso que los cristianos llaman la “gracia”. Desde hace un año también, Carral Garcín forma parte de la Comisión de Familiares contra la Impunidad en donde encontró la solidaridad y la cooperación, valores que ayudan a sobrellevar la implacabilidad de corporaciones a las que nada parece conmover. Esa Comisión dedica hoy viernes 30 de noviembre del 2018 su marcha número 406 a la memoria de Gloria Armella.

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