martes 21 de enero de 2025
25.9 C
Salta

Publicado en el Boletín Oficial | El juicio por jurados ya es una realidad en Salta

El gobierno lo oficializó este jueves. Los detalles.

El gobierno de la provincia publicó este jueves en el Boletín Oficial la Ley 8478, que establece el juicio por jurados en Salta.

La nueva ley indica que el jurado se integrará con doce miembros titulares y cuatro suplentes. La composición deberá respetar una equivalencia de 50 por ciento del sexo femenino y otro 50 del sexo masculino.

Los juicios por jurados se realizarán en el departamento en el que se hubiera cometido el hecho. La ley agrega que el juez podrá disponer, solo a pedido del acusado, en audiencia pública, que se sorteen jurados de un departamento de la Provincia distinto a aquel en el que ocurrió el hecho delictivo.

Según difundió FM Aries, para ser jurado, cada salteño deberá cumplir los siguientes requisitos:

Ser argentino con dos años de ejercicio previo de la ciudadanía en el caso de ser naturalizado.

Tener entre 18 y 75 años de edad.

Saber leer y escribir, y comprender plenamente el idioma nacional.

Contar con el pleno ejercicio de los derechos políticos.

Tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a un año en el Departamento correspondiente al lugar del hecho.

Se utilizará el padrón electoral para sortear a los ciudadanos. Ninguna persona será obligada a desempeñarse como jurado si ella no ha sido citada con cinco días de anticipación, por lo menos, a la fecha de la audiencia de selección de jurado.

Archivos

Otras noticias