miércoles 30 de abril de 2025
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Escándalo cripto de Milei | La causa «$LIBRA» pasa a Comodoro Py

La decisión revoca el fallo de Sandra Arroyo Salgado y deriva el expediente al juzgado de María Servini. El tribunal consideró necesario evitar la fragmentación de la investigación por posibles delitos contra la administración pública.

La Cámara Federal de San Martín dispuso que la causa «$LIBRA», vinculada a la promoción de una criptomoneda por parte del presidente Javier Milei, abandone los tribunales de San Isidro para ser investigada en Comodoro Py. El fallo, firmado por el juez Juan Pablo Salas, resuelve el conflicto de competencia entre las magistradas Sandra Arroyo Salgado y María Servini, determinando que el expediente deberá acumularse a la causa que ya tramita en el juzgado federal N° 1 de la Ciudad de Buenos Aires.

La resolución, que hace lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal, se fundamenta en que los hechos denunciados ocurrieron principalmente en la Ciudad de Buenos Aires -incluyendo la Casa Rosada- y podrían configurar delitos graves contra la administración pública, como cohecho, tráfico de influencias e incumplimiento de deberes de funcionario. El magistrado subrayó la importancia de mantener la coherencia investigativa al tratarse de hechos conexos denunciados en distintos territorios.

Según establece el fallo, «la justicia federal de CABA es la que se encuentra actualmente en mejor posición para investigar de manera integral el objeto procesal de los expedientes». El tribunal destacó que en Comodoro Py ya se delegó la instrucción en la fiscalía, se impulsó la acción penal y, a pedido del fiscal Eduardo Taiano, se comenzaron a producir medidas de prueba, situación que contrastaba con el estado de la causa en San Isidro, donde «el fiscal no impulsó de modo concreto y explícito la acción penal».

La Cámara también criticó el enfoque de Arroyo Salgado por simplificar «un escenario que aparenta ser complejo, que podría estar abarcado por diversos sucesos e intervenciones ejecutados en distintos lugares y tiempos», reduciendo la investigación a la publicación de un tuit. El juez Salas señaló que «el razonamiento del juzgado excluyó otros hechos que la fiscalía integró al expediente» y rechazó los precedentes jurisprudenciales citados por la magistrada. Como resultado, el expediente FSM 1937/2025 será remitido al juzgado de Servini y acumulado a la causa CFP 574/2025, marcando un revés para Arroyo Salgado.

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