El organismo provincial emitió un comunicado en el que mostró «preocupación» por las opiniones de la senadora.
El Observatorio de Violencia contra las Mujeres emitió un comunicado en el que criticó los dichos de la senadora nacional Cristina Fiore, quien había asegurado que los contenidos de la Educación Sexual Integral (ESI) pueden definirse en base a las costumbres de cada provincia.
«El Observatorio de Violencia contra las Mujeres expresó su preocupación a la senadora Cristina Fiore por opiniones que desinforman respecto a la Educación Sexual Integral», asegura el comienzo del comunicado difundido en las últimas horas.
«El marco normativo vigente, la Ley Nacional N° 26.150, desde el año 2006 constituye la única norma que define a nivel nacional qué se entiende por ESI, sus objetivos y afirma la misma como un derecho de niños, niñas, adolescentes y jóvenes», dice el texto.
El Observatorio considera «que no se ajusta a derecho sostener o difundir la idea de que cada jurisdicción puede definir sus propios contenidos acorde al respeto de la idiosincrasia o de los valores de cada provincia. Esto es erróneo por cuanto desde el año 2008 a nivel federal contamos con la aprobación de los contenidos curriculares específicos de la ESI para todos los niveles educativos desde el Nivel Inicial y hasta el Superior no universitario. La norma que define estos contenidos es la Resolución del Consejo Federal de Educación N°45/08, por lo que, como organismo estatal que monitorea las políticas públicas en Salta, entendiendo que es desacertado desinformar con argumentaciones que confunden a la sociedad, formada en una concepción heteronormativa».
«Más aún, corresponde señalar que en el presente año a nivel nacional se aprobaron recientemente los Núcleos de Aprendizaje Prioritario de ESI (NAP), Resolución CFE N°340/18 que constituyen una síntesis nuclear y un piso mínimo de contenidos curriculares por nivel educativo que deben abordarse obligatoriamente en todas las escuelas», completa.
«El Observatorio ratifica que contamos con un marco normativo suficientemente claro, preciso, valioso como es la Ley 26.150, y entiende que las acciones de efectiva implementación y ejecución de la ESI, sus proyectos educativos, las propuestas áulicas como cualquier otro abordaje escolar de la ESI debe realizarse en este marco, recordando que los pilares sobre los que se sostiene esta ley son, la consideración de los sujetos como sujetos de derecho, la complejidad del hecho educativo, el cuidado de la salud y el cuerpo desde una mirada amplia de la salud, la consideración de le equidad de género como propósito de toda acción educativa y un enfoque integral de la sexualidad», finaliza el comunicado.