Fueron establecidas las multas y además un sector donde podrán realizar el ascenso y descenso de pasajeros en horarios determinados.
La sanción realizada ayer en el recinto deliberativo de Salta Capital, unificó dos presentaciones elaboradas por los concejales Ernesto Alvarado (PJ) y Alberto Castillo (Olmedo 2019).
En definitiva, esta Ordenanza, largo discutida, prohíbe la circulación y estacionamiento de colectivos con semipiso, doble piso y/o articuladas en el área centro, Paseo Balcarce y calles de convivencia. Es decir, todo colectivo que estacione en el área delimitada por la avenida Belgrano – Paseo General Güemes; avenidas Sarmiento – Jujuy; avenidas San Martín y Bicentenario de la Batalla de Salta, estará incurriendo en una falta y la empresa deberá pagar una multa de 500 U.F. hasta 1000 U.F.
Las calles donde se establecerán los estacionamientos para estos colectivos, que en su mayoría son turísticos, según indica la normativa, serán: Benito Graña, La Rioja; avenida Hipólito Yrigoyen, calles Victorino de la Plaza, Dionisio Puch, Ernesto Saravia, Mariano Boedo, José Tobías, avenida Francisco de Gurruchaga, Uruguay; avenida Entre Ríos y calles Ibazeta, Laprida, únicamente en los días y horarios que determine la Autoridad de Aplicación. Queda exceptuado el ingreso a la Terminal de Ómnibus.
En referencia a las Autoridades de Aplicación, se señala que serán la Secretaría de Turismo y la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial, o las que en el futuro las remplacen, las que deberán instrumentar los mecanismos necesarios para garantizar la implementación y cumplimiento de lo establecido.