Es lo que reza el Decreto 168/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial de la nación.
La extendió fue anunciada ayer, pero hoy se publicó el decreto firmado por el presidente de la nación. Allí puede verse que se limitó el poder que tenían los gobernadores para dictar medidas propias para enfrentar el COVID en sus distritos.
Para muchos analistas, esa modificación es consecuencia directa de las múltiples denuncias que pesan sobre el gobernador de Formosa -Gildo Insfrán- por la forma de administrar las medidas sanitarias violando elementales derechos.
En el decreto se mantuvo la idea de que los mandatarios provinciales podrán establecer “normas para limitar la circulación por horarios o por zonas”, pero se remarcó que “estas medidas deberán ser temporarias y fundadas, y deberán contar con la aprobación de la autoridad sanitaria jurisdiccional”.
Además, el Poder Ejecutivo Nacional aclaró que los gobernadores podrán ordenar el aislamiento de las personas que ingresen a sus territorios provenientes de otras partes del país, solamente “cuando las mismas revistan la condición de ‘caso sospechoso’, la condición de ‘caso confirmado’ de COVID-19 o cuando presenten síntomas de COVID-19 o sean contacto estrecho de quienes padecen la enfermedad”.