Lo dispuso el COE en la reunión de hoy. Se dispuso prorrogar las medidas de prevención generales, con regulación de las actividades de mayor riesgo epidemiológico, desde el 1 de marzo hasta el 2 de mayo.
En el encuentro se estableció que todas las actividades económicas, industriales, comerciales, gastronómicas, de servicios, sociales, familiares, recreativas, artísticas, culturales, religiosas y deportivas, continuarán funcionando con las medidas de prevención tales como:
·Uso obligatorio de barbijo o tapaboca en espacios compartidos cerrados y abiertos. No será obligatorio el uso cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas. Sin perjuicio de ello, se recomienda su uso en espacios abiertos y al aire libre donde haya afluencia de personas.
·Distancia de dos metros entre personas, con excepción de protocolos específicos que establezcan otro tipo de distanciamiento.
SIN RESTRICCIONES HORARIAS: Se mantiene la eliminación de las restricciones horarias dispuestas en materia sanitaria, y en el marco de la emergencia declarada por COVID-19.
AFOROS: Se eliminan las restricciones de aforo y los aforos especiales.
EVENTOS MASIVOS: Se elimina la suspensión de eventos masivos en lugares cerrados. Se mantiene el requisito de autorización previa del COCS para todo evento masivo de más de 1.000 personas.
Actividades de mayor riesgo
Las siguientes actividades son consideradas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario y deberán funcionar según lo establecido en sus respectivos protocolos vigentes y cumplir con las recomendaciones y medidas de cuidado impartidas por la autoridad sanitaria:
Gastronomía; Casinos y Salas de Juegos Afines; Salones de Eventos; Locales Bailables; Público en Eventos Deportivos y Recreativos; Gimnasios; Cines y Teatros; Catamaranes; Eventos Masivos, de más de mil personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre; Natatorios públicos y privados, de acceso público; Salas de Conferencias.
Toda persona que haya cumplido los 13 años de edad y que asista a las actividades previamente enumeradas deberá acreditar que posee un esquema de vacunación completo contra la COVID-19. La forma de acreditación será a través de las aplicaciones denominadas «Cuidar» o «Mi Argentina», cuyos certificados podrán también exhibirse descargados en el dispositivo y/o impresos. Las personas que no pudieran acceder a las aplicaciones, excepcionalmente podrán acreditar que poseen el esquema completo de vacunación con el certificado impreso en papel.