La medida habilita la adquisición de armas de asalto derivadas de modelos militares bajo control del RENAR. Se exige antigüedad de cinco años como usuario y justificación deportiva, entre otros requisitos.
El gobierno de Javier Milei habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial. La normativa reemplaza la prohibición previa y establece un régimen de autorización bajo control exclusivo del Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional.
La disposición permite que legítimos usuarios y entidades de tiro adquieran armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, como fusiles o subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares de calibre superior al .22 LR. El acceso requiere cumplir requisitos estrictos orientados a garantizar la trazabilidad y justificación deportiva del armamento.
Entre las exigencias establecidas figura contar con cinco años de antigüedad como usuario de armas de uso civil condicional, disponer de un sector de guarda tipo G2 aprobado, y acreditar usos deportivos mediante certificación de entidad de tiro o participación en certámenes. Los solicitantes deberán presentar declaración jurada con documentación probatoria, fotografías del arma, y abonar tasas equivalentes a la Tenencia Exprés y la Tarjeta de Consumo de Municiones.
La normativa también prohíbe el acceso a quienes posean antecedentes sancionatorios o trámites pendientes ante el RENAR. Cada arma debe identificarse con precisión mediante tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie, y los usuarios deberán proveer elementos probatorios adicionales sujetos a evaluación del organismo.
En junio, el gobierno había derogado el decreto de la época de Menem que regulaba estas armas y prohibía su adquisición por civiles salvo excepciones del Ministerio de Defensa. La resolución actual establece el mecanismo concreto de autorización que faltaba implementar, según informó Infobae.
El marco legal redefine la estructura administrativa del control de armamento. La Agencia Nacional de Materiales Controlados pasa a denominarse Registro Nacional de Armas y asume la aplicación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429. El cambio deroga disposiciones previas del antiguo RENAR y consolida el régimen legal bajo la nueva autoridad central.

