miércoles 15 de mayo de 2024
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Se aprobó por amplia mayoría | Las claves de la Ley de Mercado de Capitales

En medio de la discusión por las tarifas a los servicios públicos y la vuelta al FMI, el Gobierno logró aprobar en Congreso un proyecto que consideran fundamental para su política-económica.

Con 159 votos a favor, 69 en contra y 4 abstenciones, se aprobó la Ley de Financiamiento Productivo en la Cámara de Diputados de la Nación, la legislación que reemplazará a la ley de mercado de capitales.

Antes de la discusión por el proyecto de la oposición para retrotraer las tarifas a los servicios públicos, el oficialismo promovió la ley de mercado de capitales. Obtuvo el apoyo del bloque Argentina Federal, que lidera el salteño Pablo Kossiner, y del Frente Renovador, que encabeza Sergio Massa.

Uno de los objetivos del proyecto elaborado por el oficialismo era eliminar las “excesivas facultades” de la Comisión Nacional de Valores, el órgano que se encargaba de supervisar, regular, inspeccionar, fiscalizar y sancionar a las empresas cotizantes en la Bolsa de Comercio.

Asimismo, lo consideran un proyecto clave para la economía argentina, ya que allana el camino a las empresas locales para pedir préstamos y otorga previsibilidad para inversores extranjeros.

Algunos de los puntos claves de la ley:

  • La Comisión Nacional de Valores ya no podrá nombrar veedores con poder de veto ni intervenir en los directorios de las empresas. El Presidente del organismo- quien tiene voto sólo en caso de empate- podrá tomar resoluciones urgentes sin acudir al Directorio.
  • Cambia el fuero judicial: de lo contencioso-administrativo hacia lo comercial;
  • Elimina la facultad de intervención del Banco Central;
  • Se incluyen nuevas herramientas financieras, como la “Factura de Crédito Electrónica Mipyme”, régimen de pagaré con cláusula sin protesto que puede prever pagos en cuotas o financiamiento hipotecario;
  • Modifica la ley de Fondos Comunes de Inversión (FCI) y distingue dos tipos: los FCI abiertos y los FCI cerrados. Este último podrá ofrecer cuotapartes;
  • Contempla el pago de servicios de renta y amortización pagaderos en moneda extranjera, a través de mayorías de los obligacionistas por “cláusulas de acción colectiva”;

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