Se amplió el alcance de la prohibición de ingreso al territorio nacional a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso.
El artículo 1º del decreto conocido anoche dice lo siguiente: “Amplíanse los alcances de la prohibición de ingreso al territorio nacional a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso dispuesta por el Decreto N° 274 del 16 de marzo de 2020, a partir de la entrada en vigencia del presente, a las personas residentes en el país y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior. Esta ampliación estará vigente hasta el 31 de marzo, inclusive, del corriente año. El plazo previsto en el párrafo precedente podrá ser ampliado o abreviado…”
La firma del decreto fue confirmada anoche por el ministro de Defensa Agustín Rossi, quien precisó que la medida entró en vigencia desde esta medianoche. “Antes de la cuarentena ya habíamos cerrado la mayoría de los ingresos, este decreto completa esa decisión y la de los vuelos, ahora se agregan con los puertos y los pasos fronterizos que quedaban abiertos», dijo el titular de Defensa.
«Estas medidas son paralelas a las que toma el resto del mundo», agregó el funcionario, que tratando de poner paños fríos respecto al tema fronterizo con Brasil, indicando que «no estamos preocupados por lo que ocurre en ese país». «Esto complementa el cierre de vuelos que ya se había dispuesto».