miércoles 15 de mayo de 2024
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Para cultivadores de cannabis | ¿Qué hacer si la policía realiza un allanamiento en tu hogar?

Presentamos una guía práctica difundida por el Departamento de Legales Mesa Nacional por la Igualdad y la discriminación.

Si bien esta breve guía fue elaborada teniendo en cuenta situaciones aplicables a la provincia de Buenos Aires, también puede aprovecharse en otros casos. La misma fue aggiornada en base a una versión publicada en el folletín “Cannabis, la realidad que superó a la prohibición”, elaborado  por la Asociación Cultural Jardín del Unicornio.

En menos de seis simples pasos, usted, en el caso que haya decidido cultivar cannabis en su hogar, puede evitarse mayores inconvenientes con la ley. Si bien el consumo personal no está necesariamente penado, todavía hay leyes como la 23.737 que podrían complicarle la existencia a cualquier cultivador o cultivadora.

Desde CUARTO hemos denunciado muchas veces las situaciones de persecución que viven las y los cultivadores de cannabis en la provincia, muchos de ellos tildados de narcotraficantes, incluso cuando todas las pruebas demostraban lo contrario. Si bien esta guía puede servir de alguna manera como un sustento, recomendamos siempre el asesoramiento legal en casos que usted necesite cultivar un número abultado de plantas.

Las cinco reglas recomendadas por la Asociación son:

  1. Solicitar la orden de allanamiento dictada por la justicia, en este caso juez o jueza. En caso de no existir, usted puede negar el ingreso a su hogar.
  2. Mantener la calma y mostrar las plantas, semillas y/o flores secas que posea. En el caso que requieran pesar las plantas, que lo hagan sin maceta ni tierra. Caso contrario, usted puede firmar el acta de allanamiento “en disconformidad”.
  3. En la Comisaría usted tiene derecho a llamar a un familiar, una persona amiga o a su abogado/a. No es obligatorio declarar, pero puede hacerlo aclarando que lo secuestrado era para consumo personal.
  4. Ante el juez o jueza, se debe decir la verdad, en este caso no negar el consumo y narrar por qué se ha optado por el cultivo antes que seguir la línea del narcotráfico.
  5. Tener en cuenta que en la medida que no existan pruebas de que las plantas eran para comercializar, debe hacerse extensiva la interpretación de la Corte Suprema en el fallo Arriola, y por ende usted debería ser beneficiado con el sobreseimiento.

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