Los ministros de Salud Pública, Juan José Esteban y de Turismo y Deportes, Mario Peña, se reunieron con representantes del sector gastronómico. Acordaron extender el horario de atención.
Los locales gastronómicos podrán extender el horario de atención de 00 a 02 am solo para personas vacunadas contra la COVID-19. En tal caso se deberá solicitar el carnet de vacunación o la exhibición en la App “Mi Argentina”. La limitación de circulación, desde hoy, es desde las 02.30 hasta las 6am.
El presidente del COE indicó que esta ampliación de horarios es posible porque Salta se encuentra en mediano riesgo epidemiológico. Además, el funcionario explicó que se continuará consensuando con los diferentes sectores para avanzar en nuevas aperturas pero siempre para personas vacunadas. “Buscamos que el carnet de vacunación sea un pase sanitario para aquellos lugares y actividades donde hay aforo o aún no están habilitadas”, indicó Esteban.
La Resolución Nº 23 emitida por el Comité Operativo de Emergencia establece que la actividad gastronómica en sus diferentes rubros deberá funcionar en espacios abiertos y ventilados (ventilación cruzada); y en veredas, con estricta protección sanitaria, respetando distancia social y aplicando los protocolos específicos vigentes. La atención al público del local gastronómico no podrá exceder de las 24 hs.
Excepcionalmente podrá ampliarse el horario de atención al público hasta las 2 am. para locales gastronómicos que garanticen el control de ingreso nocturno exclusivamente para personas que recibieron, al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra la COVID-19, transcurridos 14 días de la inoculación. En tal caso se deberá solicitar el carnet de vacunación o la exhibición en la App “Mi Argentina”.”
Se podrá utilizar los espacios cerrados y ventilados sin exceder 30% de la capacidad máxima habilitada del local y con estricto cumplimiento del protocolo. En locales reconvertidos a gastronómicos (locales bailables, carpas, etc) con la debida habilitación municipal como tal, y/o locales gastronómicos al aire libre, la capacidad máxima será del 50%, no pudiendo exceder las 200 personas.
En ambos casos, la disposición de la clientela no puede condensar a más de 4 personas por mesa, a excepción que se trate de grupo familiar primario de más de cuatro miembros. En barras o mesas comunitarias aplica la pauta de distancia de 1.5 metros.