Los senadores dieron sanción definitiva al proyecto que modifica el artículo 34 de la Ley 7141. Ahora los informes de impacto ambiental que presentan los mineros serán evaluados por la Secretaría de Minería y no por el Juzgado de Minas.
Los senadores convirtieron en ley al proyecto que ya contaba (desde agosto) con la media sanción de diputados. La modificación prevé que, en todo trámite inicial, el informe de impacto ambiental y social deberá ser presentado ante la Secretaría de Minería y Energía, igual que la actualización bianual prevista por el artículo 256 del Código de Minería. Esta Secretaría de Minería y Energía informará al Juzgado de Minas sobre la aprobación de los informes para agregar en el expediente judicial.
A la hora de los argumentos, los senadores del oficialismo repitieron lo que ya se había argumentado en Diputados: que el cambio busca agilizar el proceso con la desburocratización de los expedientes que se presentan en el Juzgado de Minas, acompañar de esta manera la dinámica de la actividad minera actual y a la vez establecer un control y una fiscalización más eficiente.
Solo Walter Wayar (Cachi) y Manuel Pailler (San Martín) votaron en contra. El primero señaló que la iniciativa no se había tratado en comisión y cuestionó que se pretenda eliminar la participación inicial del Juzgado de Minas. “Qué mayor garantía que más ojos miremos los proyectos que hablan de desarrollo”. Por qué justamente en este momento se saca un poder del control. “No me parece que sea el tiempo y el momento para escindir de responsabilidades al Poder Judicial», recriminó.