jueves 16 de enero de 2025
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En Salta | Dueños de animales que generen peligro en la vía pública pagarán multas

El Ejecutivo provincial promulgó la Ley 8.322, que incluye en el Código Contravencional de la Provincia la penalización que se aplicará a los dueños de animales sueltos.

El artículo 66 de la Ley 7.135 establece que será sancionado con arresto de hasta 30 días o multa por igual tiempo, el propietario, poseedor o tenedor de cualquier animal que lo dejare deambular en la vía pública, plazas, rutas y demás lugares públicos, de modo que genere peligro.

La misma sanción se aplicará al propietario, poseedor o tenedor de ganado mayor o menor cuando los animales ingresen a predios vecinos debidamente alambrados o cercados, causen o no daños y sin perjuicio de las acciones civiles o penales que correspondan.

La Ley 8.322, que incluye estas penalidades en el Código de Contravenciones de la Provincia, fue promulgada a través del decreto 487/22 que fue publicado en la edición complementaria del Boletín Oficial del pasado jueves 14 y que rubricó el gobernador Gustavo Sáenz.

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