El Tribunal de Impugnación ratificó tres años de prisión condicional contra el religioso que se desempeñaba en Villa Primavera. La Justicia ordenó informar de inmediato al arzobispado provincial.
La Sala I del Tribunal de Impugnación confirmó la condena de tres años de prisión de ejecución condicional contra el cura Sanjinés, quien se desempeñaba en la parroquia San Pedro Apóstol de Villa Primavera, en la zona oeste de Salta Capital. El religioso fue declarado autor responsable del delito de abuso sexual simple agravado por ser cometido por un ministro de culto.
El hecho ocurrió el 3 de enero de 2021, cuando la víctima tenía 11 años. La niña relató que el sacerdote le «tocó la cola» mientras jugaba con monaguillos con agua en el patio de la parroquia. En su testimonio mediante CCTV, la menor afirmó que el tocamiento no fue accidental ya que no lo percibió como inocente ni pasó inadvertido.
La defensa del sacerdote cuestionó el testimonio de la víctima y sus familiares, acusándolos de falsedad, y consideró arbitraria la sentencia por omitir la situación emocional de la niña. Sin embargo, los jueces Luciano Martini y Ramón Medina rechazaron estos argumentos al señalar que el relato de la menor «resulta claro, consistente y sostenido en el tiempo, máxime si se lo confronta con la transmisión que les hizo a sus familiares posteriormente».
Según informó el Poder Judicial de Salta, el tribunal también desestimó la demora en la denuncia como argumento en contra de la veracidad del hecho. Los jueces destacaron que la madre de la niña acudió primero a su guía espiritual «buscando consejo por tratarse de un asunto vinculado a esa institución», considerando los especiales sentimientos hacia la iglesia que mantenía la familia.
Los magistrados dispusieron que la condena sea «inmediatamente comunicada al arzobispado de la provincia a los efectos preventivos de rigor», señalando que la suspensión preventiva del sacerdote por parte de la institución religiosa «acaeció mucho tiempo después a que tomara conocimiento de otros hechos anteriores de similar connotación al presente». El fallo desestimó el recurso de casación presentado por la defensa.


