viernes 19 de abril de 2024
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Robo de caños Gasoducto GNEA | Cámara de Casación analiza la condena: de ratificarse, ex intendente salteño irá a la cárcel

Jorge Prado, ex jefe comunal de Aguaray, es uno de los condenados a seis años y seis meses en primera instancia. La fiscalía asegura que fue uno de los mayores casos de corrupción en torno a una obra del Estado Nacional en la zona.

La Cámara Federal de Casación Penal comenzó a analizar una causa en donde se dictaron absoluciones y condenas por robos de caños de gas de gasoducto GNEA. El caso fue llevado adelante por el tribunal oral de Salta conforme el nuevo Código Procesal Penal Federal y ente los condenados se encuentra el ex intendente de Aguaray, Jorge E. Prado.

La audiencia se celebró ayer a la mañana ante los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, a cargo de Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo H. Hornos. “Las defensas presentaron sus argumentos contra la sentencia que condenó al ex intendente de la localidad salteña de Aguaray Jorge Enrique Prado a 6 años y 6 meses de prisión y a los empresarios Diego Andrés Alos y Adrián Antonio Vera a 6 años y 3 años y 8 meses de prisión, respectivamente. Por su parte, la acusación (representada por el Ministerio Público Fiscal y la querella) solicitó que se revoquen las absoluciones y se agraven las penas impuestas a los ya condenados” destacó el sitio Infobae.

La causa investiga la sustracción entre diciembre 2019 a abril de 2020 de alrededor de 228 caños del gasoducto que el entonces intendente autorizó para vender los mismos a una empresa, aspecto que le valió la destitución como jefe comunal. El veredicto de primera instancia se conoció en Salta en diciembre del 2021. En su acusación la fiscalía pidió las condenas al considerar que el saqueo de caños del Gasoducto GNEA fue uno de los mayores casos de corrupción en torno a una obra del Estado Nacional en la zona.

Para el tribunal de Salta, Prado junto a los condenados Alos y Vera fueron los principales responsables del robo de 228 caños, aunque no descartaron -como también lo señaló la fiscalía- que hayan sido más. Ahora, la revisión de esa sentencia comenzó a analizarse en Comodoro Py según los lineamientos que promueve el nuevo Código Procesal Penal Federal, con los principios de oralidad, inmediación, publicidad y de claro tinte acusatorio.

Por primera vez se propuso y aceptó la declaración de un testigo propuesto por una de las defensas ante los magistrados a cargo de la revisión de la sentencia. Las partes realizaron todas las consideraciones que estimaron pertinentes y la audiencia finalizó con la palabra de las defensas –con el objeto de mejor asegurar su adecuado ejercicio del derecho de defensa-, luego de lo cual el tribunal pasó a deliberar para dictar en tiempo oportuno la respectiva sentencia.

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