martes 16 de abril de 2024
17 C
Salta

Orán | El Concejo Deliberante aprobó una ordenanza contra el uso de pirotecnia

La misma restringe la venta de estos productos a únicamente aquellos que no generen ruidos molestos.

En las horas pasadas el cuerpo deliberativo de San Ramón de la Nueva Orán aprobó unánimemente la Ordenanza N° 430/2018, cuyo autor fue el edil Lucas Tevez.

Dicha ordenanza estipula que se prohíbe la venta y almacenamiento, dentro del municipio, de pirotecnia que supere ciertos decibeles. Es decir que los explosivos y demás quedan prohibidos, no así los fuegos de artificio en su totalidad.

La normativa distingue entre varios tipos de pirotecnia, por ejemplo los  “Clase A11” y “B3” (según ANMAT) podrán ser comercializados, pues no se los considera nocivos. Aunque algo que se encargaron de estipular es que no se permitirá la venta ambulante ni en domicilios particulares que no cuenten con las habilitaciones requeridas.

Otra de las disposiciones apunta a los espectáculos que suelen hacer uso de estos artefactos explosivos, para lo que se requerirá un permiso previo emitido por la Municipalidad. Entonces, si se trata de una fiesta, los cohetes están permitidos.

Entre los castigos a quienes incumplieren con esta ordenanza, está en “decomiso y destrucción de los elementos de pirotecnia por parte de las autoridades y la aplicación de una sanción equivalente a 500 unidades tributarias municipales en la primera multa, duplicándose la segunda, triplicándose la tercera y así sucesivamente, más la clausura de 30 a 60 días, si se tratara de un local comercial”.

Según indicó Tevez a Radio A, a fines noviembre se cumplirían los 15 días hábiles desde la aprobación de la ordenanza en el Concejo, para que tenga la promulgación automática si el ejecutivo no emite opinión antes.

Otras noticias