martes 19 de marzo de 2024
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Ley del libro y régimen jubilatorio | Escritores piden al Congreso tratar proyectos sensibles para el sector

A diferencia del cine con el INCAA, el teatro con el INT y la música con el INAMU, el libro no tiene un organismo propio para el desarrollo de políticas públicas. Piden tratar dos proyectos que en diciembre pierden estado parlamentario.

Claudia Piñeiro, Cristina Civale, María Inés Krimer, Eugenia Almeida, Claudia Aboaf, Débora Mundani, Silvina Rocha, Enzo Maqueira, Eduardo Mileo y Marcelo Guerrieri, entre otras y otros escritores estarán en el Congreso. Forman parte de la Unión de Escritoras y Escritores, incluido el Colectivo LIJ (literatura infantil y juvenil), que se movilizarán hoy 24 de noviembre a las 12 al Congreso nacional. Exigen el tratamiento de dos proyectos de ley imprescindibles para los trabajadores de la palabra.

Uno de ellos es la llamada “Ley del Libro”. El mismo fue presentado en abril de 2019 por el entonces diputado Daniel Filmus y plantea la creación de un Instituto Nacional del Libro Argentina (INLA). Tal proyecto perderá estado parlamentario en diciembre y de allí el reclamo de los escritores. En ese marco, los escritores recordaron que diferencia del cine con el INCAA, el teatro con el INT y la música con el INAMU, el libro no tiene un organismo propio para el desarrollo de políticas públicas. “Al no existir un organismo que piense al libro como bien cultural, cada uno de los actores del sector editorial busca salvarse como puede y, en momentos de crisis como el actual, quienes generamos los contenidos de los libros carecemos de ayudas suficientes y vemos vulnerados nuestros derechos#, explico a Página 12 María Inés Krimer, vocal de la comisión de Políticas Públicas de la Unión de Escritoras y Escritores.

El otro proyecto es de la diputada del FIT (Frente de Izquierda y de los Trabajadores), Romina del Plá. La legisladora presentó en agosto pasado un proyecto de ley para crear un Régimen Nacional de Jubilación del/la Escritor/a, Traductor/a literario/a, destinado a personas nacidas en Argentina o extranjeros que acrediten 15 años de residencia en el país. Los beneficiarios deberán tener una edad mínima de 60 años, acreditar ante el ministerio de Cultura de la Nación una trayectoria pública en la escritura o traducción no inferior a 15 años, haber publicado 5 obras de creación propia o 20, si incluyen coautoría artística, escritas en lengua castellana o cualquiera de las lenguas originarias.

En el caso de los traductores, el número de publicaciones deberá ascender a 15 libros o 20, si incluyen coautoría artística sobre la traducción. En el artículo 7° se establece que recibirán “una asignación mensual, de carácter personal, intransferible y vitalicia”, equivalente a tres veces el haber mínimo de las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. En diciembre, con el aumento del 5 por ciento, el haber mínimo será de 19.035 pesos. La jubilación para escritores y traductores sería de 57.105 pesos.

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