sábado 20 de abril de 2024
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La columna de Sandra Carral Garcín | Los nuevos atropellos del siglo XXI ponen en juego la dignidad humana

Las guerras del siglo XX han sido oportunidad para que el excelente cuerpo de tratados y normas internacionales, que defienden derechos fundamentales de la humanidad, emerja para evitar nuevas debacles.

En nuestro país falta todavía encontrar la realidad de esas garantías en muchos casos. Además, los ciudadanos hemos visto llegar una nueva ola de “variantes” que nos alejan del preciado lujo del cual beneficiaban ciudadanos de países que llamamos “desarrollados”.

Así hoy nos encontramos sin haber disfrutado de esa “normalidad” -salvo que hayamos tenido la suerte de haber vivido en otras latitudes- y con nuevos recortes de derechos, al igual que los ciudadanos de países más avanzados. Esta vez la situación parece igualarse, con la excepción de contados países que no siguen esta nueva moda de control total -con pretexto sanitario- de los ciudadanos.

Tal vez sea por ello, que los movimientos de protesta importantes sólo se ven en aquellos países que ya habían conquistado ciertos derechos, o tal vez, cierta madurez ciudadana sea necesaria para visualizar el salvajismo de medidas que coartan libertades con pretextos sanitarios alejados de las realidades racionales y científicas (el cientismo dominante, que dicta lo que hay que hacer según lo que conviene a una estrategia preestablecida por quienes de científicos no tienen nada, refiriéndonos a exitosos personajes provenientes de sectores que difieren mucho del mundo de lo natural y biológico).

Estos mismos personajes se encuentran ahora haciendo foco en el concepto del cambio climático, concepto caro no sólo al ecologismo, sino a todo aquél lo suficientemente inteligente como para comprender que los descalabros irremediablemente encadenados por modelos productivos y de civilización no pueden seguir siendo alimentados con perspectiva de futuro. Entendamos que esto que se vive hoy en día, es la consecuencia de otros cambios producidos en las diferentes revoluciones industriales precedentes (la que se quiere instalar con el pretexto del cambio climático sería la cuarta revolución industrial). En cuanto hace a la agricultura por ejemplo, la resistencia a pasar a un modo productivo destructivo ya ha sido sostenida por otras generaciones, lo cual no ha impedido que este sistema “solucionador” se instale cómodamente justamente en los países desarrollados, donde los gobiernos de turno han decidido mecanismos para que justamente ese tipo de productivismo sea mayoritario.

Ahora los que han adherido a esa forma de producción son los culpables de la contaminación química e incluso transgénica. El punto es que los decisores de arriba, según va pasando el tiempo, van dictaminando qué y cómo se hace y cuándo, y luego las consecuencias de esas decisiones, no serán responsabilidad de quienes decidieron esas políticas públicas, sino de quienes las ejecutaron, algunos para adherir al sistema, beneficiarse del sistema con los subsidios del caso, y otros obligados por las circunstancias, quedando los resistentes a esos “cambios” en una restringida minoría.

Arriba de estos decisores públicos están las compañías multinacionales del sector, quienes necesitan obviamente un mercado para sus productos. Con lo cual, en el caso de la agricultura, es evidente que la tracción es ejercida por los gobiernos, dado que las regulaciones del sector son las que permiten la entrada o no de una nueva tecnología o producto.

Aquí estamos hablando de tierras, de campos con propietarios, que son sometidos a las regulaciones que oscilan en función del “interés público”, entre ellos, suponemos, el interés ambiental recién ahora.

En cuanto a la propia persona, territorio de lo más propio si lo hay, con motivo de la pandemia COVID-19, hemos comenzado a tomar conciencia de esa pertenencia al dominio de lo regulable, muy en contraposición a las convenciones internacionales y a nuestro propio ordenamiento jurídico, que resguardan su inviolabilidad. Así, el artículo 51 del Código Civil y Comercial sostiene la inviolabilidad de la persona humana: “la persona humana es inviolable y en cualquier circunstancia tiene derecho al reconocimiento y respeto de su dignidad”. Un fallo de la Corte Suprema de Justicia que rescata la doctora Eleonora Lamm en su artículo* sobre la dignidad humana, expresa que “el hombre es eje y centro de todo el sistema jurídico y en tanto fin en sí mismo -más allá de su naturaleza trascendente- su persona es inviolable y constituye valor fundamental con respecto al cual los restantes valores tienen siempre carácter instrumental”.

Por lo tanto, la instalación de un sistema de discriminación de ciudadanos como el que ocurre ahora con las vacunas COVID-19, en el cual no sólo se discrimina entre vacunados y no vacunados, sino también con la marca de la vacuna y su origen, es un asunto de máximo retroceso en esta área de los derechos humanos. Se cuestiona ahora además a los vacunados según qué vacuna se ha administrado en el país de procedencia, según la aprobación o no en la OMS -Organización Mundial de la Salud-. Es obvio que es importante que se reúnan las condiciones adecuadas a la fabricación, otro aspecto que hemos abordado, el cual en varios casos de vacunas autorizadas para uso de emergencia aún por otros organismos regulatorios adolece de presentaciones emplazadas en este año y siguientes. Todo esto, por supuesto, sin tener en cuenta que tales productos son leaky vaccines (vacunas imperfectas que no impiden la contaminación de los vacunados ni los contagios por los mismos), hablando desde el punto de vista sanitario, asunto que hemos señalado en varias oportunidades, razón demás para alegar que estos requisitos revelan más una intención administrativa que sanitaria.

Mientras vemos derrumbarse los institutos tan costosamente logrados por la humanidad en las sucesivas etapas de la historia, cabe preguntarse porqué las marchas contra el cambio climático, que son reclamos válidos para la salvaguarda de un patrimonio que nos pertenece a todos, no conllevan el más importante reclamo que uno pueda ejercer, el de la dignidad y la inviolabilidad de la persona humana, por ejemplo, para este caso, expresadas en la inmunidad natural.

Para más información:

* Lamm, Eleonora. La dignidad humana.

http://www.salud.gob.ar/dels/printpdf/30

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