jueves 28 de marzo de 2024
20.3 C
Salta

Historia política | Cuando ser peronista era un delito

Tras el derrocamiento de Perón en el 55, el General pasó a ser el «tirano prófugo».

El rechazo al peronismo que pregona el gobierno de Mauricio Macri (al menos en el discurso) no es nuevo. Viene desde la misma época de gobiernos de Juan Domingo Perón. Tras su derrocamiento en 1955, esa aversión se tradujo en hechos concretos: fusilamientos y prohibiciones ridículas.

El 9 de junio de 1956 se produjeron los famosos fusilamientos de José León Suárez, en el conurbano bonaerense, contra doce civiles, dentro del contexto del fallido levantamiento del general Juan José Valle contra la dictadura de Pedro Eugenio Aramburu.

«Implantóse la ley marcial», titulaba Clarín en su tapa del domingo 10 de junio de 1956. «Será fusilado en el acto todo perturbador de la tranquilidad», agregaba. El artículo aseguraba que el gobierno nacional había decretado la medida en las primeras horas de aquel día.

«La decisión fue determinada por un intento subversivo de elementos perturbadores, cuyas actividades eran perfectamente conocidas por el gobierno provisional. Las autoridades nacionales, enteradas en lineas generales del plan subversivo, permitieron que fuera llevado a cabo en su primera parte, para actuar con el máximo de energía y controlar todas las redes en que estaban divididas las fuerzas perturbadoras», agregaba.

El párrafo final indicaba que la ley marcial establecía que todo oficial de la fuerza armada en acto de servicio tenía «facultades para aplicar en juicio sumarísimo la pena de muerte a cualquier perturbador de la tranquilidad pública».

«Es decir -explicaba el diario-, a quienes sean sorprendidos con armas o desacatando las órdenes policiales o de seguridad, les será aplicada la pena de muerte».

El jueves 11 de abril de 1963, el mismo matutino informaba que la noche anterior se había conocido la reglamentación del decreto que prohibía la propaganda peronista, una medida sancionada por Aramburu en marzo de 1956.

«Prohíbese toda forma de actividad peronista», era el título del artículo. «No podrá haber contactos ni difundirse directivas que signifiquen ingerencia en el plano político o sindical», agregaba.

«En tres artículos se determinan quiénes estarán incursos en las penalidades que fija el decreto 4161, de 1956, específicándose, además, las prohibiciones», anticipaba la nota.

El primer artículo ordenaba: «Los que hicieren de palabra o por escrito la apología del tirano prófugo o del régimen peronista o del partido disuelto por decreto ley 3855/55, aun cuando no mediare la existencia de una finalidad de arimación ideológica o de propaganda peronista».

«La difusion por cualquier medio oforma en que se efectuase de directivas, declaraciones, entrevistas o actividades del tirano prófugo y que de alguna manera signifiquen ingerencia en el plano de lo político o gremial nacional, aun cuando en su divulgación no mediase la existencia de una finalidad de afirmación ideológica o propaganda peronista», expresaba el segundo artículo.

El tercero indicaba: «El contacto por cualquier medio con el tirano prófugo vinculado a la actividad política o gremial y la actuación de quienes sirviesen de nexo a aquellas para tales fines y para los previstos en el inciso anterior».

La noticia de tapa, que seguía dentro del cuerpo del diario, finalizaba con la cita de los considerandos del decreto, que aseguraban: «Queda completamente garantizado el pleno ejercicio de sus derechos, incluido el de organizarse y actuar políticamente como deseen, a todas aquellas personas que manifiesten de manera inequívoca ideas o aspiraciones lícitas, morales y democráticas, totalmente desvinculadas de las prácticas contrarias a este sistema que llevó a cabo el régimen depuesto por la Revolución Libertadora de 1955, es decir, cuando actúen dentro de lo prescripto por la Constitución, el Estatuto de los Partidos Políticos y las demás leyes y decretos vigentes en la materia».

Otras noticias