jueves 18 de abril de 2024
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Extienden hasta marzo de 2021 la prohibición de corte de servicios por falta de pago

La medida beneficiará a determinados usuarios que se consideran del sector más vulnerable e incluye a la energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable.

Lo dispuso el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación. El parámetro que se fijó es hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1º de marzo de 2020. La medida se tomó debido a la crisis sanitaria, económica y social que afronta el país.

El Gobierno informó que el beneficio incluye a los usuarios particulares que registren una disminución del 50% en su capacidad de pago; los monotributistas categorías C y D que acrediten una disminución del 50% o más en su facturación mensual desde la entrada en vigencia del Decreto 297/2020; las asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.

Esta acreditación deberá efectuarse por correo electrónico o WhatsApp, a través del canal o medio de comunicación puesto a disposición por el Ente Regulador correspondiente o el ENACOM. De este modo, las empresas prestadoras de telefonía móvil o internet deben brindar, hasta el 28 de junio inclusive, un servicio reducido que garantice la continuidad a aquellos usuarios que cuenten con sistema de servicio prepago y que no hayan abonado la correspondiente recarga para acceder al consumo.

También informaron que se crea la Unidad de Coordinación, conformada por los representantes gubernamentales mencionados en la Resolución 173/2020, que elaborará un informe con la cantidad de usuarios alcanzados por esta medida, a partir de la información que le brinden las empresas prestadoras.

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